El Ejecutivo anuló la autorización de caza deportiva del popular roedor, medida que había emanado desde Recursos Naturales. El anterior Directo fue echado por lo mismo.
04-POLITICA-8El ministro de Turismo de Corrientes, Sebastián Slobayen, comunicó que el gobernador Gustavo Valdés decidió anular ayer en todos sus efectos la Disposición Nº 245 del director de Recursos Naturales, Agustín Portela, que autorizaba la cacería de diversas especies, entre ellas el carpincho.
Luego de lo que fuera un verdadero suceso en redes sociales, los carpinchos volvieron a la escena tras otro hecho sucedido el pasado noviembre. Es que luego de haber sido protagonistas de los debates en Nordelta por su inclusión o no en la cotidianeidad de los barrios privados, en Corrientes el entonces director de Recursos Naturales, Carlos Bacqué debió dejar su cargo tras haber autorizado la caza de 200 ejemplares. En este caso, fue el propio Gobernador quien le pidió la renuncia una vez conocida la noticia.
En la actualidad, la noticia sobre autorizar la caza del mayor roedor del mundo no cayó nada bien en las autoridades del Ejecutivo local, que en ese momento se encontraban firmando convenios de conservación natural y turismo sustentable con mandatarios de otros provincias (ver páginas 2 y 3).
La inoportuna resolución tuvo amplia difusión en redes sociales, concentrando un mayoritario repudio por parte de los cibernautas.
Cabe recordar a través de la Disposición Nº 245, habilitaba «la caza deportiva menor y mayor en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, incluidos Cotos de Caza habilitados 2022, exceptuándose las áreas de reserva y/o protegidas, a partir de la publicación del presente y hasta la hora 24:00 del 31 de agosto de 2022».
La misma permitía ser objeto de caza deportiva las aves (palomas domésticas, picazuró, palomas manchadas, torcaza, todas las especies de patos, a excepción del Real o Criollo y el Crestudo, y pacaá), y mamíferos (liebre europea, antílope negro, chancho salvaje, ciervo axis, ciervo colorado y carpincho).
Asimismo, desde la mencionada repartición se habilita la extracción de dorado, surubí y otras quince especies en aguas de Corrientes a excepción de los sábados y domingos en el río Paraná desde el kilómetro 1.127 y el kilómetro 1.231.
La medida prohíbe el transporte de piezas, habilita consumo en el lugar de pesca y prohíbe la pesca deportiva los martes y miércoles y la pesca comercial se prohíbe los días sábado y domingo.
La orden administrativa habilita cupos de un ejemplar para dorados, surubíes, raya y pacú, de cinco para armado, boga, tararira, virreina, bagre amarillo, corvina, manduré, moncholo, de tres para el sábalo, de dos para salmón y patí, y de diez para palometa.
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