El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia impuesta por el Tribunal de Mercedes y condenó a una policía a dos años y seis meses de prisión en suspenso, además de la inhabilitación especial por el doble de tiempo y el seguimiento de reglas de conducta durante unos cuatro años. La condena se ratificó ya que la mujer fue encontrada culpable del delito de vejaciones.
Para dictar la pena, el Tribunal de Mercedes tuvo por acreditado que, entre los días 19 y 20 de marzo de 2016, la policía increpó y hasta le propinó varias bofetadas a un detenido que se encontraba alojado en la Comisaría de Distrito 1ª de Curuzú Cuatiá. La condenada, mientras agredía al reo, le decía: «dejá de hacerte», «no debía contar nada» y que «si se buscaba los problemas, que se aguante».
Fue en ese contexto que la defensa particular de la uniformada presentó un recurso de casación ante el STJ ya que consideró que la pena era inadecuada principalmente porque no determinaron fehacientemente cuándo se cometió el hecho ni el lugar. También, se sostuvo que las lesiones físicas que sufrió la víctima no fueron probadas.
Ante esa situación, la Corte provincial rechazó el recurso de casación solicitado ya que en él sólo «expresaba disconformidad con la decisión ya que la conducta de la condenada merecía la pena que se le impuso». Respecto a la no especificación del tiempo, modo y lugar en el que se dio la situación, se consideró que no se violentó el principio de congruencia, como tampoco el derecho de defensa.
Por último, en cuanto a las lesiones de la víctima, se aseguró que el concepto de vejaciones «refiere a todo tratamiento denigratorio o humillante, sea físico o verbal, practicado con el exclusivo propósito de mortificar al destinatario, atacando su sentimiento de dignidad o de respeto que merece como persona y con el que espera ser tratada».
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