El Juzgado de Instrucción N° 6 dictó el auto de procesamiento contra tres personas por el delito de abigeato agravado y contra un funcionario policial por encubrimiento doloso, en el marco de una causa vinculada a la sustracción de ganado ocurrida en 2022 en el departamento de General Paz.
La medida fue dispuesta mediante la Resolución N° 23, con fecha 2 de marzo de 2026, por el juez Leandro Damián Llorente.
Según surge de la investigación, el hecho se habría producido a mediados de 2022 en el Paraje Los Vences, donde fueron sustraídos ocho animales vacunos propiedad de la señora B.S.R. De acuerdo con lo acreditado en la causa, los imputados —identificados como D.V., V.M.N.O. y F.A.C.— fueron detectados inmediatamente después de la sustracción y traslado de los animales, junto con la camioneta y el tráiler utilizados para concretar el transporte.
El magistrado dispuso el procesamiento de los tres por abigeato agravado, en razón de la cantidad de cabezas sustraídas, la utilización de un medio motorizado y la participación de varias personas, todo en concurso ideal.
En la resolución se destacó que este tipo de maniobras suele resultar de difícil comprobación, dado que se llevan a cabo en zonas despobladas, sin testigos directos y con escasa prueba material. Sin embargo, en este caso se logró acreditar íntegramente el ilícito y recuperar la totalidad de los animales, que fueron restituidos a su propietaria.
La participación del funcionario policial
La investigación también permitió establecer la intervención de un funcionario policial, identificado como P.A.P., integrante de la Oficina de Marcas y Señales de la dependencia policial de Lomas de Vallejos.
Según se determinó, el agente habría facilitado el accionar delictivo al autorizar una guía de ganado para el traslado de los animales sustraídos, documento que llevaba su firma y sello. Por este motivo fue procesado por el delito de encubrimiento doloso.
El juez Llorente consideró que el funcionario conocía el origen ilícito del ganado y que su conducta fue intencional. Para fundamentar esta conclusión, sostuvo que la omisión de control de los animales, su intervención en la emisión de la guía de traslado y la falta de registración en los libros correspondientes constituyeron una conducta deliberada.
En ese sentido, aplicó la doctrina de la “ignorancia deliberada” o “ceguera ante los hechos”, al entender que el funcionario, advirtiendo la posible ilicitud del hecho, decidió mantenerse en una situación de aparente desconocimiento y no cumplir con su deber de control y registro.
La causa continúa su trámite procesal conforme a las etapas previstas por la ley.

