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    Portada » López Desimoni: «Es un fallo arbitrario y sin ningún fundamento razonable»
    Política

    López Desimoni: «Es un fallo arbitrario y sin ningún fundamento razonable»

    29 de junio de 2025
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    El funcionario criticó el criterio de la jueza Electoral, María Eugenia Herrero, que declaró inconstitucional y nulo el decreto que regula la adhesión de boletas municipales a alianzas provinciales. Señaló que la medida genera desigualdad entre partidos y confusión en el electorado. Reivindicó la legalidad del acto administrativo y anunció su apelación, confiando en que la Cámara en lo Contencioso Administrativo restablezca la igualdad de condiciones en el proceso electoral de Corrientes.

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    El ministro de Justicia y Derechos Humanos de Corrientes, Juan José López Desimoni se refirió al escenario político actual en el marco del cierre de alianzas previsto para el lunes.
    En calidad de apoderado del Partido Popular y de la alianza Vamos Corrientes, en diálogo con el programa 3X1 de Radionord Continental, bajo la conducción de Diego Miner, confirmó que las conversaciones con los partidos aliados se desarrollan con intensidad. «Se está trabajando muy bien con todos los partidos que integran nuestra alianza, cerrando en los distintos municipios», expresó.
    Indicó que el objetivo es consensuar en cada localidad al candidato más representativo, independientemente del partido de origen. «Eso es lo que representa verdaderamente una alianza», afirmó.
    Anticipó un fin de semana agitado por las definiciones y ratificó la voluntad de alcanzar acuerdos que consoliden la estrategia electoral del oficialismo provincial.
    También se refirió a un hecho que sacudió la escena política: el fallo de la jueza Electoral, María Eugenia Herrero, quien declaró la inconstitucionalidad y nulidad del Decreto 1.260.
    Esta resolución, en palabras del Ministro, generó una controversia jurídica significativa por la forma en que fue redactada y los efectos que produce en el proceso electoral.

    EL DECRETO 1.260 Y SU FUNDAMENTO

    El Decreto 1.260 fue emitido por el Gobernador de Corrientes para reglamentar aspectos técnicos del armado de boletas, en el marco de las facultades que le confiere la Constitución Provincial. Según López Desimoni, la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo permite aclarar el funcionamiento de las leyes, siempre que no se altere su espíritu.
    El eje del decreto radica en establecer condiciones para la adhesión de boletas municipales a listas provinciales, priorizando la coherencia ideológica de las alianzas. «Esa coherencia tiene que ver con que no haya confusión en el elector», remarcó. El objetivo sería evitar que una lista municipal figure junto a distintas listas provinciales con candidatos a gobernador pertenecientes a alianzas políticas opuestas.
    La medida apunta, entre otras cosas, a prevenir la duplicación de adhesiones en boletas municipales, evitando que un mismo candidato a intendente sea compartido por diferentes listas provinciales, lo que podría inducir a confusión en el electorado.

    CRÍTICAS

    López Desimoni calificó el fallo de la jueza Herrero como «horrendo» y «arbitrario». Consideró que el mismo presenta contradicciones graves, como declarar una norma simultáneamente inconstitucional y nula, lo cual, desde su perspectiva, es jurídicamente inadmisible. «O es inconstitucional o es nulo, pero no puede ser ambas cosas», aseguró.
    Argumentó que el decreto se dictó dentro de los plazos legales y que no existe un momento específico que condicione su validez. Refutó así uno de los fundamentos del fallo, que cuestiona el «momento» elegido por el Ejecutivo para emitir la norma. «El Poder Ejecutivo la puede reglamentar en cualquier momento», afirmó.
    El Ministro también objetó que no se haya demostrado un perjuicio concreto por parte de los demandantes. «La nulidad implica que el afectado tiene que demostrar cuál es el agravio que le causa», explicó. Según su interpretación, esto no ocurrió en el expediente que dio origen al fallo.

    Claridad para el electorado

    El objetivo central del decreto, según explicó el funcionario, es evitar confusiones en el electorado. «Nadie puede tener alianzas con dos candidatos a gobernador que lleven una lista de diputados hacia arriba», subrayó. La idea es que las boletas sean coherentes con el acuerdo programático de cada alianza.
    López Desimoni advirtió que sin esta reglamentación, algunos intendentes podrían presentarse con boletas pegadas simultáneamente a listas provinciales que compiten entre sí, lo que desvirtúa el espíritu de una coalición. «La coherencia ideológica la dejamos de lado, está pulverizada», dijo.
    Concluyó que, en defensa de la claridad democrática, el fallo de primera instancia debería ser revocado. «Esperamos el fallo de la Cámara para que todos puedan participar y competir en igualdad de condiciones», afirmó, remarcando que, de este modo, se evitaría confundir al electorado y se garantizaría un proceso electoral transparente.

    Efectos prácticos

    López Desimoni enfatizó en que una de las consecuencias es la resolución judicial, en el marco del control de constitucionalidad difuso vigente en Argentina, solo beneficia a quienes presentaron la demanda. «La inconstitucionalidad solamente la aprovecha aquella parte que hizo el planteo», dijo.
    Esto, indicó, genera un «desequilibrio» en el proceso electoral, ya que algunos partidos podrán adherir boletas municipales a múltiples listas provinciales, mientras que otros estarán obligados a mantener una única adhesión. «Se origina una desigualdad tremenda», alertó.
    A su juicio, esto vulnera el principio de igualdad ante la ley y atenta contra la transparencia electoral. Además, enfatizó en que el decreto no se dictó a favor ni en contra de ninguna fuerza política específica, sino como una herramienta de aplicación general para todos los partidos.

    Apelación

    El Ministro informó que la Fiscalía de Estado, a cargo del fiscal Horacio Ortega, presentó la apelación correspondiente ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. «Tenemos sobradas expectativas en que se enderece a derecho un error tan grosero», manifestó.
    También cuestionó el argumento del fallo que sostiene que el decreto carecía de consenso. En respuesta, señaló que el Gobernador no está obligado a consensuar los decretos reglamentarios, ya que se trata de una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo establecida por la Constitución Provincial.
    El oficialismo espera que la Cámara se expida antes del lunes, día límite para la presentación de alianzas. «Hay una grosera alteración del equilibrio y de la igualdad en la que deben competir todos los partidos», insistió López Desimoni.

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