La Ley N° 6.740, sancionada a fines de noviembre, fue vetada por el gobernador Juan Pablo Valdés mediante el Decreto N° 42, al considerar que la provincia no cuenta aún con la estructura tecnológica, el sistema de expediente digital consolidado ni las condiciones de seguridad informática necesarias para implementar el home office remoto en la Administración pública.
04-POLITICA-10El Poder Ejecutivo de la provincia de Corrientes vetó la ley que habilitaba la implementación de la modalidad de trabajo remoto o home office en el ámbito de la Administración pública provincial, al considerar que no se encuentran dadas las condiciones estructurales ni de seguridad necesarias para su aplicación. La decisión fue adoptada mediante el Decreto N° 42, firmado por el gobernador Juan Pablo Valdés y publicado en el Boletín Oficial, lo que dejó sin efecto una norma sancionada por la Legislatura a finales del mes de noviembre.
La ley vetada es la N° 6.740, mediante la cual se incorporaba el artículo 59 bis a la Ley N° 4.067, marco regulatorio de la Administración pública provincial. A través de esa modificación, se facultaba a los titulares de los distintos organismos a disponer, mediante resolución o decisión fundada y previo acuerdo con el agente, la modalidad de trabajo remoto, dispensándolo de prestar servicios de manera presencial.
La norma legislativa establecía que cada organismo podría definir, en función de sus necesidades y características operativas, la adopción del trabajo remoto como modalidad laboral, con el objetivo de modernizar los esquemas de gestión y adaptar el funcionamiento del Estado a nuevas formas de organización del trabajo. Sin embargo, el Ejecutivo provincial resolvió frenar su aplicación al entender que el contexto actual no resulta adecuado para su implementación efectiva.
Según se detalla en los fundamentos del veto, el Gobierno provincial viene desarrollando planes y proyectos de modernización administrativa orientados a adecuar la estructura, organización y funciones del sector público a criterios de racionalidad, eficiencia y modernización del Estado, en línea con las exigencias de los tiempos actuales.
En ese marco, el Poder Ejecutivo reconoce que el trabajo remoto constituye una herramienta válida dentro del esquema de la nueva gestión pública a la que se aspira. No obstante, sostiene que estos criterios innovadores se encuentran todavía en una etapa inicial de desarrollo y diseño, lo que impide su adopción inmediata sin contar previamente con los recursos, sistemas y condiciones necesarias para garantizar su correcto funcionamiento.
Criterios
organizativos
Otro de los argumentos centrales del veto se vincula con el principio organizativo de la Administración pública provincial. El Ejecutivo advierte que la facultad otorgada por la ley a los titulares de los organismos para disponer el trabajo remoto mediante resolución fundada podría alterar la estructura jerárquica y decisional vigente en el Estado provincial.
Según la interpretación oficial, las decisiones de esta naturaleza corresponden al gobernador de la Provincia, quien debe instrumentarlas mediante el decreto correspondiente. Delegar esa atribución en los responsables de cada organismo implicaría, a criterio del Ejecutivo, una modificación sustancial en la forma de organización y conducción de la Administración pública.
En este sentido, el veto plantea la necesidad de preservar la coherencia institucional y la centralización de determinadas decisiones estratégicas, especialmente aquellas que impactan de manera transversal en el funcionamiento del Estado y en las condiciones laborales de los agentes públicos.
La decisión de vetar la ley no implica, según se desprende de los fundamentos, un rechazo definitivo a la modalidad de trabajo remoto, sino una postergación de su implementación hasta tanto se consoliden las condiciones técnicas, organizativas y de seguridad requeridas para su correcta aplicación en el ámbito público.
Fundamentos técnicos y de seguridad
El veto se apoya principalmente en la evaluación de los riesgos asociados a una implementación anticipada del trabajo remoto en la Administración pública. Desde el Ejecutivo se advierte que la adopción de esta modalidad sin la debida preparación podría generar consecuencias no deseadas, tanto en el plano operativo como en el resguardo de la información y los procedimientos administrativos.
En particular, los fundamentos del decreto señalan que «su precipitada implementación» podría derivar en riesgos ciertos y potenciales que es conveniente evitar, especialmente en lo referido a la seguridad informática. El manejo de datos sensibles, expedientes administrativos y sistemas internos requiere, según el análisis oficial, de plataformas tecnológicas consolidadas y protocolos de seguridad robustos que aún no se encuentran plenamente operativos.
Uno de los aspectos centrales señalados por el Ejecutivo es la necesidad de que esté consolidado el uso del expediente digital en toda la Administración pública. Mientras ese proceso no se complete de manera integral, la modalidad de trabajo remoto obligaría a los agentes a trasladar expedientes físicos, lo que podría generar inconvenientes logísticos, demoras administrativas y riesgos en la custodia de la documentación.
El Gobierno provincial considera que la transición hacia esquemas no presenciales debe realizarse de manera gradual y planificada, asegurando previamente la digitalización de los procesos, la interoperabilidad de los sistemas y la capacitación del personal. De lo contrario, la modalidad de trabajo remoto podría afectar la continuidad, trazabilidad y transparencia de la gestión administrativa.
Asimismo, se remarca que la modernización del Estado no se limita a la incorporación de nuevas modalidades laborales, sino que requiere una transformación integral de los procedimientos, la infraestructura tecnológica y los marcos normativos que regulan el funcionamiento de la Administración pública, aspectos que aún se encuentran en desarrollo en la provincia.

