a jueza de Garantías de Gobernador Virasoro, Silvia Érika Benítez detalló las decisiones tomadas en la causa iniciada contra la responsable del hogar Rincón de Luz y María de Nazaret por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La supuesta víctima, que se presentó ayer ante la magistrada, ratificó su deseo de no avanzar con la investigación por supuestos abusos sexuales.
En ese contexto, toma relevancia la especial cautela en el caso que mantuvo EL LIBERTADOR, ya que ante tamaña denuncia había cosas que no cerraban. La causa contra la responsable del Hogar Rincón de Luz se inició 9 de abril de 2021, cuando en la localidad no regía aún el nuevo Código Procesal Penal, por lo que se tramitó con la anterior normativa.
La denuncia fue efectuada por una ciudadana ante la entonces Fiscalía de Instrucción, oportunidad en que el titular del Ministerio Público Fiscal calificó la conducta típica de la directiva del hogar en el delito previsto y penado como incumplimiento de los deberes del funcionario público. Así, se ordenaron diligencias en el mes de abril del año pasado y en mayo se procedió por Instrucción Formal.
Se ordenaron diferentes diligencias, entre ellas la declaración testimonial de LNA a la audiencia señalada para el día 30 de junio de 2021 a las 9; de AE para el 1° de julio a la misma hora; de LR también para el 1° de julio de 2021 a las 9.30; VM el mismo día a las 10, y se requirió al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Corrientes informe quien ejerce el cargo de director de la Institución Residencial Rincón de Luz y María de Nazaret; desde qué fecha y las funciones que debe desempeñar en el cargo. Se citó a SP a prestar declaración indagatoria el 5 de julio de 2021 a las 7.30, debiendo designar abogado defensor para tal acto. Se dio intervención a la Asesoría de Menores.
Encontrándose ese expediente en trámite; el 10 de marzo se presenta ante la Jueza de Garantías el hermano de una supuesta víctima con patrocinio letrado del doctor Etchegaray Centeno, solicitando ser parte en esas actuaciones a través de un escrito de querella, titulado: «Me presento como querellante conjunto. Solicito detención, e imputó a SP por el delito previsto y penado en el artículo 125 y 125 bis del Código Penal y a una persona de nombre ‘M’ por los delitos previsto y penados en el art 120 del CP siempre y cuando conforme probanza de autos se determine que incurrió en el delito de abuso sexual conforme el art 119 párrafo 1 y 3», expresa el pretenso querellante.
Ese 10 de marzo se ordenaron diligencias: se cita a prestar declaración testimonial a las ciudadanas: CV, MEC, y JF para el martes 22 de marzo de 2022 a las 9, 9.30 y 10. Se libró Oficio a la Directora de los dos dispositivos residenciales a fin de que remita en el plazo de 24 horas de recibido los libros diarios correspondientes al plazo de tres años y medio anteriores a la fecha, detallando nombre de los menores que fueron alojados en la institución en el mismo período. Atento al escrito presentado por el doctor Etchegaray Centeno Eduardo se corrió vista al Fiscal de Instrucción.
El día viernes 11, y debido a las publicaciones las cuales guardan relación con el escrito de querella presentado, la doctora Benítez ordenó otras diligencias. Entre ellas se cuentan: en relación al pedido de IDM -hermano de la supuesta víctima- se le hizo saber que debía acreditar el vínculo con ella y acompañar el acta de nacimiento de la nombrada.
Además, teniendo en cuenta las publicaciones existentes en las redes sociales, se citó a testimonial en primera audiencia a los niños y jóvenes residentes en el hogar Rincón de Luz y María de Nazaret. Dos de ellos tienen 21 y 18 años. A los niños de 13, 11 y 9 años se ordenó practicar una Cámara Gesell ese mismo día en horario vespertino, para comprobar si presentaban indicadores confiables de abuso sexual como cualquier otra experiencia traumática, susceptible de generar alteraciones en la psiquis y conducta de los niños.
Se citó a tres adolescentes de 17, 16 y 17 años ante Cuerpo de Psicología Forense, quienes fueron acompañados por la persona responsable a cargo de los dispositivos mencionados.
También el viernes 11 se libró exhorto al Juzgado de Instrucción y Correccional (en transición) de Santo Tomé para que informe la existencia de causas respecto de SP en relación a abusos sexuales en el Hogar de Niños a su cargo, entre ellos teniendo como imputado y/o testigo sospechoso a una persona identificada con el nombre de M (quien sería dueño de un local comercial), y en su caso informe los datos de la causa y el estado procesal de las mismas.
La magistrada solicitó un amplio Informe Socio Ambiental a través del Cuerpo Social Forense en Dispositivo de Cuidados Residenciales Rincón de Luz y María de Nazaret. Se corrió vista a la Asesoría de Menores de esa Ciudad. Y requirió al Ministerio de Desarrollo Social, remita debidamente diligenciado el Oficio N° 500 de fecha 04/05/2021, a los mismos fines y efectos.
El viernes 11 se recepcionó declaración testimonial a la supuesta víctima de 18 años, la cual expresó que no quería efectuar denuncia alguna y nunca quiso hacerlo. Por ello, y a fin de que la misma ratificara o rectificara lo manifestado en el escrito de querella presentado por su hermano, se la cita en primera audiencia ante este juzgado, para luego de efectuada la misma, correr nueva vista al titular de la acción penal.
El viernes se practicaron dos entrevistas en Cámara Gesell a dos menores de edad residentes de los dispositivos de cuidados de esta ciudad y prestó declaración la supuesta víctima, no surgiendo hasta el momento mérito suficiente para ordenar la detención de persona imputada y/o sospechada de delito en la presente causa.
Asimismo, se elevó informe de la Fiscalía donde procedieron a formar dos legajos de investigación referentes a los hechos acontecidos que son de público conocimiento, los cuales se tramitan bajo el nuevo Código Procesal Penal, que no modifica las leyes de fondo, sino de forma.
El Fiscal tomó conocimiento de actos vandálicos contra un comercio y formó el Legajo de investigación fiscal N° 16.255/22 por robo calificado y daño agravado, iniciado de Oficio por la Prevención Policial.
Ante las denuncias por maltrato infantil y abuso sexual en los hogares, se formó el Legajo de investigación fiscal N° 16.262/22, iniciándose la investigación el viernes 11 para lograr la corroboración o descarte de la información sobre la comisión del delito.
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