Poder conocer si dentro de un radio de 30 cuadras está radicada una persona condenada por abuso, es uno de los principales fundamentos de un proyecto que será presentado mañana por dos concejales capitalinos. La propuesta consiste en la creación de un Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual que funcione en el ámbito de la Municipalidad de Corrientes y entre cuyos objetivos se cuenta la prevención de este grave delito y la protección de los vecinos.
«El acceso al conocimiento de la presencia de condenados por delitos contra la integridad sexual dentro del radio de su domicilio es un derecho de todos los vecinos», plantea entre sus consideraciones, el proyecto impulsado por los ediles, Yamandú Barrios (Unión Popular) y Florencia Ojeda (Encuentro por Corrientes). Este punto, está descrito en el artículo Nº 5 y lo mencionan como «Derecho a la radicación informada».
«Establece el derecho de los vecinos de la Ciudad de Corrientes, a ser informados sobre la radicación de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual en las cercanías de sus hogares, establecimientos educativos y/o lugares habituales de trabajo, práctica deportiva, esparcimiento, reuniones y/o cualquier otro predio que frecuenten», propone la normativa.
El proyecto también contempla que, «a los fines de hacer operativo dicho Registro, la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, podrá firmar un Convenio de Cooperación con el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes» (Artículo Nº 3).
También se menciona un «convenio de confidencialidad» que establece la prohibición de «informar datos personales del condenado: nombre/s y apellido/s, DNI, domicilio exacto o aproximado por calle o altura de la misma y/o cualquier otra información que permita individualizar al penado», con una única excepción. «En el caso de condenados por delitos contra la integridad sexual que se hallaren prófugos, el Municipio estará obligado a informar públicamente de tal circunstancia a los vecinos» (Artículo Nº 8).
El documento que será evaluado en el Concejo también detalla las condiciones para el requerimiento del informe. «Las personas interesadas en informarse acerca de la presencia, dentro de un radio de 30 cuadras (…), deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación un requerimiento escrito y fundado, que deberá ser evacuado dentro de los diez días» (Artículo Nº 9).
De la misma forma, se detalla que los requerimientos, podrán ser rechazados si no cuentan con fundamentos suficientes (Artículo Nº 10).
Finalmente, el proyecto establece una directiva. «Para acceder a un empleo en el ejido municipal, será requisito indispensable no encontrarse en dicho registro» (Artículo Nº 12).
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