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    Política

    Proponen un régimen de mecenazgo y patrocinio deportivo

    30 de agosto de 2026
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    La Cámara baja provincial retomó el análisis de la iniciativa presentada por el legislador del Partido Nuevo, que propone beneficios fiscales para quienes financien a clubes, deportistas y entrenadores de la provincia. Se trata de la segunda vez que propicia este proyecto, tras un intento fallido dos años atrás.

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    La Cámara de Diputados de Corrientes reanudó el estudio de un proyecto de ley presentado por el diputado Mario Branz, del Partido Nuevo, a través del cual se propone la creación del denominado Régimen de patrocinio deportivo y mecenazgo o tutoría del deporte, en el ámbito provincial.
    La iniciativa cuenta con estado parlamentario y está radicada en la Comisión de Deportes de la Cámara baja, desde donde se deberá emitir dictamen para habilitar su tratamiento en el recinto.

    ASOCIACIÓN
    CON LA CULTURA

    El proyecto de Branz traslada al ámbito deportivo una figura históricamente asociada a la cultura y las artes. El texto reconoce dos modalidades: el mecenazgo o tutoría, entendido como un aporte económico de interés general sin contraprestación directa, y el patrocinio, mediante el cual quien aporta recursos obtiene a cambio la posibilidad de potenciar su imagen pública.

    FINANCIAMIENTO
    DE PRIVADOS

    En los fundamentos que acompañan la iniciativa, Branz sostuvo que «el financiamiento privado se ha convertido en un factor fundamental para el desarrollo deportivo, complementado y apoyado por la inversión pública».
    El legislador provincial remarcó además que «el deporte es un componente esencial en la educación de nuestros jóvenes» y que fomenta «el desarrollo físico, mental y emocional» de los estudiantes.
    BENEFICIARIOS

    De acuerdo con el articulado, podrán ser beneficiarios del régimen las instituciones sin fines de lucro, clubes, asociaciones, fundaciones y cooperativas domiciliadas en la provincia que tengan entre sus objetivos estatutarios la práctica o promoción deportiva.
    También podrán inscribirse deportistas profesionales o amateurs correntinos, así como profesionales de la educación física, entrenadores y directores técnicos con título habilitante que ejerzan su actividad en Corrientes.
    El proyecto crea, asimismo, un registro de patrocinio deportivo y mecenazgo, a cargo de la autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo, donde deberán inscribirse todas las personas humanas y jurídicas alcanzadas por la norma.
    Los aportes en dinero deberán depositarse en cuentas abiertas en el Banco de Corrientes a nombre del beneficiario, mientras que la entrega de insumos deberá certificarse mediante acta notarial o de la propia autoridad de aplicación.

    Incentivos fiscales

    El capítulo más relevante del proyecto es el que regula el incentivo impositivo. Según el texto, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que realicen aportes como patrocinantes o tutores podrán computar ese dinero como pago a cuenta del tributo, con un tope del 10 por ciento del impuesto devengado en el año calendario anterior. Ese porcentaje se eleva al 12,5 por ciento cuando el patrocinador está radicado en la provincia o cuando el beneficiario es una persona con discapacidad psicofísica comprobada.
    El costo fiscal anual derivado de la aplicación de la ley no podrá superar el 5 por ciento de lo recaudado por la administración tributaria provincial en concepto de ingresos brutos del año anterior, aunque el proyecto faculta al Ejecutivo a ampliar ese porcentaje mediante el envío de una iniciativa específica a la Legislatura.

    Insistencia en pos del avance del proyecto

    No es la primera vez que el legislador del Partido Nuevo impulsa esta propuesta. En mayo de 2024, Branz había presentado un proyecto prácticamente idéntico -registrado bajo el Expediente N° 18.695-, que no logró avanzar en su tratamiento legislativo.
    La insistencia del Diputado con la misma iniciativa, ahora bajo un nuevo expediente, expone la intención del bloque de instalar el debate sobre el financiamiento privado del deporte como una política de Estado en la agenda parlamentaria correntina.

    MOVIMIENTO ECONÓMICO

    En sus fundamentos, Branz también apuntó al impacto económico de la actividad, al señalar que «eventos deportivos, competencias y actividades recreativas generan empleo y movimiento económico», en referencia a comerciantes y prestadores de servicios vinculados a la actividad física en la provincia.

    Comisión de Deportes

    El destino inmediato del proyecto depende de la Comisión de Deportes de la Cámara baja, integrada por los diputados Hugo Benítez (en calidad de presidente), junto a Ana María Marlene Marlén Gauna, Víctor Hugo Vallejos, Juan de la Cruz Ojeda y Eduardo Hardoy. Ese cuerpo deberá dictaminar sobre el texto para que la iniciativa pueda ser tratada en el recinto de la Cámara de Diputados.
    El proyecto contempla, además, un capítulo de sanciones para quienes desvíen los fondos recibidos de los fines previstos o para quienes obtengan los beneficios de manera fraudulenta, con inhabilitaciones de hasta siete años para volver a acceder al régimen.

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