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    Portada » Productores: entre dudas y quejas por la burocracia administrativa
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    Productores: entre dudas y quejas por la burocracia administrativa

    6 de marzo de 2022
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    En el marco de la declarada Emergencia Agropecuaria 2022, el Ministerio de Producción anunció una serie de beneficios para los productores afectados, con una duración de seis meses, retroactivos al 1° de enero.
    Comprende la prórroga de vencimientos de impuestos y créditos provinciales, así como asistencia técnica, financiera y otras dispuestas por el organismo provincial, con recursos disponibles de su partida presupuestaria.
    Los documentos requeridos para el inicio de trámites según lo informado son: fotocopias del DNI -cuyo original deberá ser exhibido-, certificado con el Nº de Renspa, original y fotocopia del acta de la última vacunación de Fucosa en la que se vacunó a la totalidad de las cabezas que posee, fotocopia del contrato de arrendamiento si correspondiere, y fotocopia de los números de adremas en caso de ser propietario (esto no es obligatorio).
    En el caso de sociedades, debe presentar fotocopia del acta de constitución de la sociedad y fotocopia del poder del representante o de su apoderado.

    DECLARACIÓN
    JURADA

    Se deberá completar una Declaración jurada con datos precisos y claros. En el cuadro de Identificación del establecimiento, si sabe los puntos GPS debe consignarlos, nombre del establecimiento -si lo tiene-, departamento en que se halla ubicado, debe consignar el municipio del cual depende el paraje en el que se halla ubicado, el nombre del paraje, la sección donde está ubicado -si sabe- y el código postal.
    Es posible que el productor tenga más de un establecimiento en un mismo Departamento, si es así, debe presentar una sola declaración jurada. En el caso que cuente con explotaciones en diferentes departamentos deberá presentar una declaración jurada por cada departamento.
    En ambos casos debe consignar los adremas correspondientes y la superficie de cada uno de esos adremas. Si además cuenta con otros tipos de tenencia debe consignarlo en el casillero correspondiente y conforme al detalle que figura debajo del cuadro, y por supuesto, la superficie que tiene arrendada o si es ocupación con permiso u ocupación gratuita u otra forma de tenencia que posea.
    En el caso de ser arrendada debe presentar una copia del contrato de arrendamiento o alguna otra documentación que acredite el tipo de tenencia que posea.
    La suma total de todas las superficies, con sus distintas formas de tenencia, que esté utilizando corresponderá a la «Superficie total de la Explotación».

    SOLICITANTES

    En la Declaración jurada, es estrictamente necesario que se consigne el Nº de Cuit/Cuil del propietario. En el caso que el declarante no sea el propietario, también debe consignar su Nº de Cuit/Cuil y además deberá certificar, mediante la presentación de un poder, que es el apoderado, administrador o representante legal del propietario a quien representa.
    En el caso de que el propietario sea una persona jurídica o una sucesión, el declarante deberá presentar copia certificada del acta notarial de constitución de la sociedad o copia certificada de inicio del juicio de sucesión y otra donde conste que es el apoderado, administrador o representante legal de la firma o de la sucesión.
    En el sitio web del Ministerio de Producción (http://www.mptt.gov.ar/) se encuentra el instructivo para rellenar correctamente la Declaración jurada, con aclaraciones y ejemplos para cada ítem.
    También debe consignar si posee seguro agrícola, ganadero o forestal, en qué institución, qué actividad está asegurada y para qué evento. Además, deberá consignar si posee crédito para el sector agrícola, ganadero o forestal especificando a qué institución pertenece (Banco de la Nación Argentina, Banco de Corrientes S.A, CFI, Bancos Privados, Programa Social Agropecuario, Updr, Pymes, Ley Nº 5.267, Deudas Comerciales, etcétera).

    CRÉDITOS

    Por su parte, el Ministerio de Hacienda brindó en detalle a EL LIBERTADOR los requisitos necesarios para acceder a las líneas de créditos para productores y Pymes.
    Las personas humanas deberán presentar el Certificado de Emergencia o inicio de trámite del certificado expedido por el Ministerio de Producción, así como las facturas proformas, prospectos, catálogos o presupuestos respecto a todas las inversiones del proyecto, constancia de inscripción en la Afip o DGR, con alta de actividad productiva. Además, deberán completar formularios de solicitud del Banco o Fidecor con la documentación respectiva (con carácter de Declaración jurada); en tanto, las personas jurídicas tendrán que presentar los mismos documentos, el estatuto de la empresa y los dos últimos estados contables.
    Para solicitar más información o consultas, se pueden contactar con el Ministerio de Producción a [email protected]. En el caso de los créditos del Consejo Federal de Inversiones, con un mensaje de Whatsapp al 3794-225-009 o al teléfono fijo 3794-661-968. Y los que corresponden al Instituto de Fomento Empresarial (IFE), con un mensaje de Whatsapp al 3794-225-009 o al teléfono fijo 3794-476-044.

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