El titular del Instituto de Previsión Social, Marcos Amarilla anunció que, desde el próximo 6 de noviembre, los beneficiarios que perciben salario familiar podrán hacer la presentación de los certificados de escolaridad y supervivencia necesarios para percibir dicho beneficio.
El periodo de entrega se extenderá hasta el 15 de diciembre inclusive, en el horario de 7.30 a 17, en las oficinas fijas a las que agregan las Oficinas Móviles como puntos de recepción. Además, queda vigente la posibilidad de entregar de manera digital los certificados, las cuales deben contener necesariamente firma digital o código QR verificable.
El funcionario provincial recomendó «no aguardar a último momento» para cumplir con el trámite, ya que su «carga conlleva un periodo administrativo, lo cual en caso de algún inconveniente en la documentación, se pueda subsanar en los tiempos que establecimos para que nadie quede sin el beneficio».
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Certificado de escolaridad y supervivencia original actualizado (hasta 30 días antes) acompañado con una fotocopia del DNI del afiliado
-Por Esposo/a: Certificado de Supervivencia de Esposo/a.
-Por Hijo/a o menor a cargo: Certificado de Escolaridad – alumno regular).
-Por Hijo/a o menor discapacitado a cargo: Certificado de escolaridad si estudia o Certificado de Supervivencia del menor. También el Certificado de Escolaridad de Pensionados Menores de 21 años.
En todos los casos, la documentación no debe contener enmiendas o tachaduras, distintos colores de tinta, que estén incompletas o ilegibles.
CÓMO Y DÓNDE PRESENTAR
Además, quienes deseen emitir certificaciones vía web deben ser en formato PDF, con la firma digital o código QR a [email protected].
Modalidad Presencial: desde el lunes 6 de noviembre al 15 de diciembre inclusive en los horarios habituales de atención tanto en sede Central como en las delegaciones del Interior.
Oficinas móviles: el plazo se extenderá desde el 1° de noviembre hasta la última atención del mes de diciembre.
Correspondencia y Correo electrónico: se tomarán como válidas las recepcionadas desde el 1° de noviembre hasta el último día hábil del mes de diciembre de este año. El correo de recepción es [email protected]
A TENER EN CUENTA
Estas mismas pautas se aplican a los casos de los afiliados pensionados menores de edad, entre los 18 y 21 años, a los efectos de continuar percibiendo su beneficio de pensión.
- No se está solicitando supervivencia de beneficiarios en general, a excepción del ítem anterior.
- Los certificados escolares son por alumno regular. No serán válidas las de inicio ni de inscripción de cursado.
- En todos los casos se tomarán como válidas las certificaciones emitidas con hasta 30 días anteriores al 6 de noviembre. Las presentaciones posteriores a este período se considerarán fuera de término, dándose prioridad a aquellos que hayan cumplido en tiempo y forma.
- Tener presente que las certificaciones no deben estar tachadas, enmendadas ni contener sobrescritos, y demás requisitos mencionados en el anexo de la Res 6631/22.