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    Portada » El Gobierno nacional realizó cambios en la Ley de tránsito
    Nacionales

    El Gobierno nacional realizó cambios en la Ley de tránsito

    18 de marzo de 2025
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    A través de un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional realizó cambios en la Ley de Tránsito.

    Entre los cambios, se resaltaron la obligatoriedad de la licencia de conducir digital, la eliminación de las cabinas de peajes y la apertura de las revisiones técnicas obligatorias (VTV).

    LICENCIA DE CONDUCIR

    Con respecto a la licencia de conducir, el decreto determina que será digital y válida para todo el país a través de la aplicación Mi Argentina.

    La renovación también presentará cambios, se podrá actualizar de manera remota con una constancia de aptitud física otorgada por profesionales o centros médicos registrados en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. 

    Además, será opcional tener la credencial física. Y las personas que obtengan la licencia de conducir por primera vez no deberán renovarla luego de un año.

    EN LA VTV

    La apertura de las VTV, se podrá realizar en talleres y concesionarias de cualquier jurisdicción, siempre y cuando tengan “instalaciones aptas y equipamiento adecuado”.

    “Los autos 0 KM van a tener que realizar la primera VTV recién a los 5 años”, señala el documento. Los vehículos que tengan menos de 10 años de antigüedad deberán realizarla cada 2 años y los que excedan este número cada 1 año.

    El Gobierno también estableció que las rutas nacionales cuenten con peajes inteligentes que no frenen el tránsito.

    FACILITACIÓN DE IMPORTACIÓN

    La facilitación de importación de vehículos: los autos traídos del exterior no requerirán las licencias LCM o LCA si cuentan con certificados reconocidos internacionalmente como las normas Iram. Estos documentos técnicos establecen condiciones mínimas que debe cumplir un producto, un servicio o proceso.

    ELIMINACIÓN DEL LINTI

    Se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y E (que son las profesionales), serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por las provincias o municipalidades que están autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

    CASAS RODANTES Y LIBERACIÓN

    Se suprimió la habilitación especial de casas rodantes y liberación de la homologación de trailers, acoplados y remolques.

    Con información de TN

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