Close Menu
Diario El Libertador de Corrientes
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Investigadores buscan descubrir los secretos geológicos del río Uruguay
    • El M17 de Nordeste sumó una buena experiencia en la Copa Madre de Ciudades
    • «El Santuario de San Pantaleón se transforma en un ‘oasis’ para cientos de devotos»
    • Con singular éxito finalizó el Regional NEA de Hockey Social
    • Tras 70 años, se volvió a avistar a un yaguareté en Mburucuyá
    • Huracán pegó el grito de campeón y se adjudicó el Apertura goyano
    • El Club Atenas celebró su 52° aniversario con una gran carrera
    • Capital: se puso en marcha la pavimentación de la avenida Cuba
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario El Libertador de CorrientesDiario El Libertador de Corrientes
    lunes, julio 27
    • Inicio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Historia y Tradiciones
    • Opinión
    • Archivo
    • Contacto
    Diario El Libertador de Corrientes
    Portada » El Estado deberá pagar la cuota alimentaria a un niño correntino
    Sociedad

    El Estado deberá pagar la cuota alimentaria a un niño correntino

    12 de agosto de 2024
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp
    Agregar El Libertador en Agrega El Libertador a tus medios preferidos en Google

    Lo dispuso la jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N°4, Carolina Macarrein en un proceso de alimentos donde se determinó que ni el papá, ni los abuelos podían pagar la cuota alimentaria del pequeño de 3 años. Tampoco hay familia extensa, por lo tanto es una obligación subsidiaria del Estado hacerse cargo según el artículo 604 del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia. La provincia deberá abonar el 50 por ciento de un Salario Mínimo, Vital y Móvil que actualmente asciende a la suma de 262.432,93 pesos, por lo que tendrá que depositarle 131.216 pesos.

    La jueza Macarrein, priorizó en este caso el Interés Superior del Niño, para tomar dicha decisión en favor del niño de 3 años, cuya madre hizo el reclamo judicial de alimentos, tras lo cual se comprobó que ni el padre ni los abuelos pueden hacerse cargo de aportar para la manutención del pequeño, tampoco hay familia extendida que lo haga.

    En este marco, la magistrada, aplicando lo que reza el artículo 604 del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia (CPFNA) dispuso que sea el Estado Provincial el que cumpla con la obligación de pasar alimentos para solventar los alimentos, la salud, y la educación del niño.

    El artículo 604 dice “Obligación alimentaria subsidiaria del Estado. Fondo de garantía local. El Estado debe prestar asistencia inmediata a las niñas, niños o adolescentes si en un proceso de alimentos se prueba que los progenitores u otras personas obligadas están imposibilitados de proveer lo necesario para su subsistencia…”.

    La cuestión alimentaria: un tema de derechos humanos básicos

    Para tomar esta decisión de disponer que el Estado sea quien abone los alimentos del pequeño, la doctora Macarrein tuvo en cuenta que “los niños, niñas y adolescentes son titulares de aquellos derechos generales, como el derecho a llevar una vida digna o al pleno desarrollo de su personalidad, pero además, debido a su especial situación de vulnerabilidad, se les reconoce el derecho a un plus de protección”, indicó en el texto.

    Y agregó que “De allí que la Convención de los Derechos del Niño establezca pautas claras relacionadas con la especialidad en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tales como: la prioridad de la consideración primordial de su superior interés o el derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, cuyo cumplimiento recae, primordialmente, en la familia, dentro de sus posibilidades y medios económicos, pero también sobre los Estados partes, al imponerles la obligación de adoptar todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de los alimentos de los padres u otras personas responsables, especialmente cuando vivan en Estados distintos (arts. 3°, 4° y 27 CDN)”, sostuvo en su fallo la doctora Macarrein.

    Para la jueza, de esta manera se configura así una obligación universal en la cual la cadena de responsabilidades no se limita a los progenitores o familiares y por eso su decisión.

    Foto ilustrativa

    Lo que hay que saber
    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Leer más

    El M17 de Nordeste sumó una buena experiencia en la Copa Madre de Ciudades

    «El Santuario de San Pantaleón se transforma en un ‘oasis’ para cientos de devotos»

    Con singular éxito finalizó el Regional NEA de Hockey Social

    Huracán pegó el grito de campeón y se adjudicó el Apertura goyano

    Capital: se puso en marcha la pavimentación de la avenida Cuba

    Hoy, dos escuelas de la Capital no tienen clases por duelo

    RSS EN EL CHACO
    • Milei ratificó el plan de reducción de retenciones: «Se viene un campo radicalmente distinto»
    • Martínez Zampa: «El campo vive un buen momento, pero necesita menos impuestos»
    • Pérez Pons destacó a la Bienal de Esculturas como política pública
    • José Galassi: «La ley de reiterancia busca fortalecer la prevención»
    • Advierten sobre el creciente endeudamiento de repartidores con aplicaciones de delivery
    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Interior

    Investigadores buscan descubrir los secretos geológicos del río Uruguay

    27 de julio de 2026
    Deportes

    El M17 de Nordeste sumó una buena experiencia en la Copa Madre de Ciudades

    27 de julio de 2026
    Sociedad

    «El Santuario de San Pantaleón se transforma en un ‘oasis’ para cientos de devotos»

    27 de julio de 2026
    Deportes

    Con singular éxito finalizó el Regional NEA de Hockey Social

    27 de julio de 2026
    Interior

    Tras 70 años, se volvió a avistar a un yaguareté en Mburucuyá

    27 de julio de 2026
    Logo El Libertador
    Facebook X (Twitter) Instagram

    Noticias

    • Edición Impresa
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Internacionales

    .

    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Elemento de lista
    • Historia y tradiciones
    • Archivo

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.