La proliferación de los vehículos de movilidad personal en la vía pública impulsó un proyecto de ordenanza que data del año 2021. Si bien tuvo modificaciones, entre sus consideraciones se hace foco en la seguridad vial, identificación y límites de velocidad, que son los ejes del debate. Aunque, luego se presentaron otros proyectos, aún no se aprobó ninguna propuesta.
La fisonomía de las calles correntinas ha cambiado drásticamente en los últimos años. El aumento de vehículos eléctricos -especialmente monopatines y scooters- es una realidad innegable que, ante la falta de una normativa específica, ha generado un vacío legal complejo para las autoridades de control. Desde 2021, la concejal Mercedes Franco Laprovitta (PJ) impulsa un proyecto de ordenanza para regular estos dispositivos, una iniciativa que ha vuelto a la agenda pública tras el interés manifestado recientemente por otros sectores del Concejo Deliberante.
El proyecto se asienta sobre una necesidad de «ordenar y establecer el uso» de estos vehículos dentro del Código de Tránsito Municipal (Ordenanza N° 3.202). Entre los argumentos principales, se destaca: Seguridad Vial: actualmente, los usuarios circulan sin precauciones claras, realizando maniobras riesgosas como cruces indebidos entre autos o el paso de semáforos en rojo, ante los cuales los inspectores no pueden sancionar por falta de legislación. Sustentabilidad: se reconoce el aporte de estas tecnologías al medio ambiente, al no consumir hidrocarburos. Portabilidad: su éxito se debe a la facilidad de transporte y el escaso espacio de almacenamiento que requieren en una ciudad cada vez más congestionada.


INICIATIVA
La normativa define a los vehículos eléctricos de movilidad personal como dispositivos de una o más ruedas, propulsados exclusivamente por motores eléctricos y de una sola plaza.
A continuación, los puntos más destacados de la regulación propuesta por la concejal Mercedes Franco Laprovitta: Requisito: el límite general de circulación será de 25 km/h. Edad Mínima. Se requerirá tener al menos 16 años para conducir estos vehículos. Identificación: el Municipio podrá otorgar permisos de circulación con chapas identificatorias para aquellos modelos que no precisen patentamiento nacional.
En cuanto a la infraestructura: se redefine el concepto de bicisenda, estableciendo que es un sector de la calzada destinado exclusivamente a bicicletas y vehículos eléctricos de movilidad personal.
Seguridad obligatoria: para poder circular por la vía pública, los monopatines deberán contar con un sistema de frenos, timbre o bocina, elementos reflectantes y luces delantera y trasera. Asimismo, la potencia máxima del motor no podrá superar los 500 watts.
En cuanto al conductor, será obligatorio el uso de casco reglamentario y, en caso de no tener protección ocular integrada, el uso de anteojos o antiparras protectoras.
A pesar de que el proyecto original «duerme en los cajones de la Comisión de Legislación» desde hace años, la concejal Laprovitta celebró que el tema recupere visibilidad.
El objetivo final es claro: integrar estas nuevas tecnologías al plexo normativo de la ciudad para garantizar que la movilidad personal no se convierta en un riesgo para quienes la eligen ni para los demás ciudadanos.
La importancia de sumar medidas

También la edil Camila Roa (VC) cuenta con un proyecto sobre la regulación de vehículos eléctricos, a lo que Mercedes Franco Laprovitta remarcó que es muy importante sumar miradas al proyecto tal como lo hizo Cecilia Ojeda Duarte (ELI) y celebró que tras cinco años el proyecto logre debate y reglamentación.
En tanto, se debe tener en cuenta que desde el pasado 2 de enero, día de la última sesión especial, el Concejo Deliberante capitalino se encuentra en receso, por lo cual no hay ingreso formal de proyectos. «Entiendo que lo que quiso manifestar la concejal Roa es que tiene la intención de avanzar con el debate del tema, lo cual es una muy buena noticia», puntualizó Laprovitta.
