Luego de una larga siesta en Comisión y por aquello de que la necesidad tiene cara de hereje, los legisladores de ambas cámaras darían cobertura legal a las elecciones municipales del 14 de noviembre con la adhesión a ley nacional del voto joven. Inocultable malestar si con la Junta Electoral que debió advertir antes que con el plexo normativo vigente debían estar en las mesas de votación dos padrones y dos urnas como presupuesto de legalidad de los resultados. La Cámara Electoral Nacional, instancia de apelación de la decisión de la Junta local, habría dado una señal clara de las consecuencias que se podrían plantear.
Hasta ahora, el llamado Voto Joven estaba atado a la no menos controversial Ley de Paridad de Género y la modernización del sistema electoral, algo que en el oficialismo ha prosperado notoriamente en los últimos tiempos.
Lo cierto es que, a pocas semanas del 14 de noviembre, y con un cronograma electoral en pleno desarrollo, quedó en evidencia que Corrientes hizo caso omiso a la invitación formulada en el articulo 9 de la Ley 26.774 para incluir a los mayores de 16 en el padrón de electores, con arreglo al articulo tercero del Código Electoral Nacional.
Frente a esta circunstancia, la Junta Electoral Nacional debió, inexcusablemente, y de oficio, arbitrar las medidas para que, el dia de votación, hayan dos padrones y dos urnas por mesa de modo que, en las elecciones municipales, no voten quienes no están legalmente habilitados, lo cual podría dar pie a una posterior impugnación de los resultados electorales, un tema no menor que seria resuelto por el máximo Tribunal del fuero electoral que es la Cámara Nacional, cuyos criterios y precedentes rigen para los 24 distritos electorales y que claramente avalan la prescripción legal de que sólo las provincias pueden instituir en su territorio el llamado Voto Joven.
Lo cierto es que finalmente la Legislatura, rápida de reflejos y acaso sobre el filo de los plazos, sacaría las castañas del fuego a la Presidenta de la Junta Electoral Nacional que, hasta ahora, ha guardado silencio en una polémica que se ha abierto de manera inesperada en los últimos días.
Cabe señalar que la doctora Sotelo, ex funcionaria de la Justicia provincial, es, desde hace algunos años, vocal de la Cámara Federal con edad y tiempo de aportes suficientes como para acogerse a los beneficios jubilatorios.
De hecho, los jueces cuestionados prefieren, las más de las veces esta salida, y no ser sometidos al análisis del Consejo de la Magistratura en sus actos por cuanto, una eventual destitución, aún por mal desempeño conlleva la pérdida del beneficio como ya ocurrió con el juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich, o con algunos ministros de la Corte Suprema finalmente destituidos por el Senado de la Nacion, contrariamente a muchos otros, entre ellos Norberto Oyharbide o Rodolfo Canicoba Corral, quizás los más emblemáticos, que prefierieron acordar sus salidas.
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