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    Diario El Libertador de Corrientes
    Portada » Decisión en favor de Soto Dávila
    Edición Impresa

    Decisión en favor de Soto Dávila

    10 de diciembre de 2021
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    El Tribunal Oral Federal de Corrientes emitió hace algunas horas una resolución en la que ratifica la postergación de un juicio que involucra al ex juez federal Carlos Soto Dávila y a otros, no haciendo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal. De esta manera, el TOF llama la atención a la Fiscalía y deja en claro que no se puede avanzar porque falta la agregación de pruebas esenciales por lo que ratifica la postergación del debate.

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    Fuentes cercanas a los ámbitos tribunalicios interpretan que la resolución favorece a la defensa de Soto Dávila que aboga, precisamente, en pos de reunir todas las pruebas necesarias para garantizar más eficazmente su labor.
    En este proceso que involucra al ex magistrado se investiga la supuesta comisión de una asociación ilícita y cohecho pasivo del juez y/o Ministerio Público.
    Tanto el fiscal general Carlos Schaefer como el fiscal federal de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), habían interpuesto recurso de reposición de un decreto del mismo Tribunal que había dado lugar a una presentación del Ministerio Público Fiscal requiriendo la reanudación del plazo de citación a juicio, con el objeto de que el proceso avance hacia las etapas procesales subsiguientes y hacia su resolución definitiva.
    Los fiscales se quejaron de un supuesto impedimento en el avance del proceso hacia el desenlace, «impidiendo al MPF ejercer su función de promoción y ejercicio de la acción pública en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad», que estima vulnerados por la medida de postergación.
    Por su parte, los representantes de la defensa se refirieron a la necesidad de contar con las declaraciones «completas» de «arrepentidos», para ejercer el derecho de defensa y ofrecer prueba en función a ello, alegando el principio de igualdad.
    Consideraron que el planteo fiscal era improcedente y extemporáneo, justificando que se haya dejado sin efecto los plazos de la citación a juicio debido a la carencia de legajos que se hallan radicados en otros tribunales.
    Por todo esto y otras tantas argumentaciones, el TOF de Corrientes resolvió «no hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Ministerio Público Fiscal contra el Decreto de Presidencia del 19/11/21».
    Por otra parte, decidió «reiterar los oficios a los Tribunales Orales Federales N° 3 y 6 de Caba, y al Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12, solicitando se remita a la brevedad la documentación de referencia en razón de haber personas detenidas y funcionarios públicos involucrados en la causa».

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