Confirmaron prisión perpetua a una mujer por ser considerada partícipe en el asesinato de su esposo. En audiencia oral, el Superior Tribual de Justicia (STJ) rechazó el recurso de casación presentado desde la defensa particular de la condenada, y ratificó la sentencia por el delito de homicidio calificado por el vínculo en calidad de partícipe necesario.
La audiencia se realizó en el Salón de Acuerdos del STJ y tanto la defensa particular como el Fiscal adjunto y la querella participaron de forma remota, a través de una plataforma online, para continuar con el cumplimiento de las medidas dispuestas.
EL HECHO
Apenas 30 minutos habían pasado desde la medianoche del 4 de agosto de 2016, en Esquina, cuando el marido de la condenada regresaba a su casa, a pie, luego de trabajar. En ese momento fue sorprendido por un hombre que lo atacó brutalmente, disparándole nueve veces con un arma de calibre nueve milímetros.
Dos de los disparos alcanzaron al hombre, por lo que debió ser trasladado al hospital local, donde pese al esfuerzo médico, horas más tardes perdió la vida.
El agresor, por su parte, se dio a la fuga en una motocicleta de 110 centímetros cúbicos; en tanto, se supo que la mujer, que estaba casada con la víctima, mantenía una relación paralela con el atacante.
Según se informó, a causa de la mala relación con su esposo, la condenada le habría encargado al otro individuo que lo matara a cambio de dinero, que fue utilizado por el delincuente para abonar su estadía en esa ciudad, ya que era oriundo de Rosario.
IDEARON UN PLAN
Un día antes del homicidio, el 3 de agosto, a las 17.30 la mujer dejó a sus hijos en la casa de una amiga y se fue en una motocicleta, para regresar a las 23 sin el rodado. Según el tribunal, en ese momento se reunió con el autor material y ultimaron los detalles del crimen. Además, la condenada le entregó su motocicleta para que pueda finalizar el plan.
Por lo ejecutado por la esposa de la víctima, el tribunal sostuvo que contribuyó dolosamente en la producción del homicidio, porque colaboró para que se cometa; y sin su participación no habría sido posible la ejecución del hecho.
Con todo lo argumentado, el STJ no hizo lugar al recurso de casación y dictaminó que la mujer cumpla sentencia de prisión perpetua.