El Superior Tribunal de Justicia rechazó por unanimidad un recurso presentado por la defensa de un hombre condenado a prisión perpetua, el 14 de agosto de 2018 en el Tribunal Oral Penal de Goya, por homicidio doblemente calificado por el vínculo y por el género y agravado por la utilización de un arma de fuego.
EL HECHO
Hace ya casi cinco años, el 19 de agosto de 2016, el sujeto fue a la casa de su ex pareja y madre de sus hijos y la apuñaló. Ante la situación, una de las hijas de ambos intentó detener la situación e impedir que el condenado continúe lastimando a la mujer, pero la joven recibió una amenaza con un arma de fuego, seguido de una orden para que se retire del lugar.
Pese a estar gravemente herida, la víctima se levantó y quiso defenderse, a lo que el delincuente le disparó con un arma de fuego tres veces y huyó del lugar. A raíz de las severas lesiones, la mujer fue hospitalizada en Esquina, pero luego de unas horas se produjo su fallecimiento.
AGRAVIOS
Desde la defensa del delincuente, se consideró que hubo un menoscabo al principio de inmediación en la audiencia del debate, debido a que el Tribunal de Juicio no tuvo contacto directo y personas con dos de los testigos clave en la causa.
Asimismo, se criticó la valoración del testimonio de la hija del condenado y la víctima, a raíz de que supuestamente se tuvo que tener en cuenta la facultad de abstención, por el parentesco y la situación emocional de la testigo.
También se señaló que de los seis testigos, ninguno estuvo presente en el lugar del hecho; y que se incurrió en error al enfatizar una situación de violencia entre la víctima y el condenado para agravar la pena.
FALLO
El Superior Tribunal de Justicia sostuvo que la interpretación que le dé a una prueba Al Tribunal de Juicio, es una facultad exclusiva del mismo. Se concluyó en que, de acuerdo a las pruebas, se podía asegurar que «el imputado desplegó el ataque con dolo de matar a su ex pareja, madre de sus hijos, con quien ya mantenía de antaño una relación conflictiva y problemática, sometiéndola a constantes malos tratos y amenazas».
Así, se procedió a rechazar el recurso de casación y se confirmó la sentencia condenatoria de prisión perpetua antes establecida.