El Superior Tribunal de Justicia rechazó por unanimidad el recurso presentado por la defensa particular de un hombre que fue condenado por el Tribunal Oral Penal de Mercedes a cuatro años y medio de prisión efectiva por el delito de abuso sexual simple, agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años, en modalidad de delito continuado.
La víctima fue la hija de la pareja del condenado, quien convivía con él. La defensa pretendía que se declare nula la sentencia ya consideraba que carecía de argumentación. En primer lugar se cuestionó que en el fallo no se individualizan cuáles son los hechos supuestamente abusivos padecidos por la víctima.
Fue así que, en otro punto, los abogados del sentenciado sostuvieron que los juzgadores omitieron «dar referencias concretas, sobre todo, en tiempo, menos aún en el modo de cada una, sin siquiera señalar en el lugar que ocurrió». Asimismo, se cuestionó el monto de la pena, ya que entendieron que resulta arbitraria.
EN REITERADAS
OCASIONES
Desde la Justicia se tuvo por probado que desde 2014 hasta julio de 2015, el acusado abusó sexualmente en forma reiterada y frecuente de su hijastra, quien en ese momento tenía entre 11 y 12 años. Los hechos ocurrían cada vez que el hombre se peleaba con la madre de la víctima, cuando la mujer se ausentaba del domicilio.
Esa modalidad de delito continuado se dio en las dos viviendas en las que vivió la familia, una en el partido de San Martín, en Buenos Aires, y luego en la ciudad de Mercedes.
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