Transitar por las rutas argentinas se ha convertido, para muchos, en un ejercicio de incertidumbre. Entre los paisajes y el asfalto, acecha la posibilidad de recibir una notificación por exceso de velocidad que, muchas veces, llega meses después y con montos exorbitantes. Ante este escenario, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) implementó nuevos requisitos técnicos y operativos para la habilitación de radares en rutas nacionales, buscando poner orden en un sistema que suele caminar por la delgada línea entre la prevención y el afán recaudatorio.
Según explicaron en LT 7 los abogados de un reconocido estudio jurídico, José María González y Gerardo Foutel, la nueva normativa establece que el Estado debe retomar el control directo de estos dispositivos. «Se busca evitar la zona de especulación», señaló González, refiriéndose a la práctica común de delegar los controles en empresas privadas que persiguen fines lucrativos en lugar de preventivos.
Sin embargo, la realidad suele ser más compleja. En la práctica, conviven normativas nacionales, provinciales y municipales, lo que genera una maraña legal para el conductor que transita, por ejemplo, las rutas 12 o 14. Ante esto, Foutel advirtió que cualquier radar, ya sea fijo o móvil, que pretenda operar en una ruta nacional a partir de las nuevas disposiciones, debe ajustarse estrictamente a este manual de políticas públicas.
EL MITO
Una de las mayores preocupaciones de los ciudadanos surge al momento de renovar el carnet de conducir. Ante la pregunta si ¿es legal que impidan el trámite por tener deudas de tránsito? La respuesta técnica fue un rotundo no. Los especialistas destacaron que ya existe jurisprudencia, como un caso testigo en Paso de los Libres, donde se determinó que la Ley Nacional de Tránsito exige edad y aptitud psicofísica, pero no el «libre de infracciones» como requisito excluyente.
A pesar de esto, muchos municipios siguen utilizando la renovación como un mecanismo de presión para el cobro. En estos casos, indicaron que el derecho de defensa y el debido proceso son las herramientas principales para el ciudadano. Además, que es vital conocer los plazos de prescripción: las multas graves caducan a los 5 años, mientras que las leves lo hacen a los 2 años.
CÓMO SABER
Para que una infracción tenga validez legal y no sea un simple «manotazo» al bolsillo, debe cumplir con requisitos técnicos. Si le llega una notificación, lo primero es verificar que el instrumento (cinemómetro) esté homologado por la Ansv y cuente con la calibración anual vigente.
Además, el acta de constatación debe incluir obligatoriamente fecha, hora y lugar exacto del hecho. También dominio del vehículo y una fotografía legible del mismo. Sumado a la velocidad registrada y la máxima permitida en ese tramo y la identificación de la autoridad y del Juzgado de Faltas interviniente.
CONSEJOS DE
EXPERTOS
La recomendación principal de los abogados es la prevención y el control periódico. No se debe esperar al día anterior al vencimiento del registro para revisar los antecedentes. Hoy en día, herramientas como el Cenat (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito) permiten realizar consultas online para conocer el estado de situación en todo el país.
«Hacer los planteos correspondientes a tiempo puede reducir multas de cientos de miles de pesos a montos razonables o incluso lograr su revocación», aseguró González. En definitiva, estar informados sobre las reglas de cada jurisdicción y ejercer el derecho de defensa es la única forma de evitar que el control vial se convierta en un abuso de autoridad.

