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    Política

    Buscan que menores tutelados por el Estado tengan cobertura social

    5 de abril de 2026
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    En la Cámara de Diputados de la Provincia se analiza un proyecto de ley orientado a brindar seguridad sanitaria a menores sin cuidados parentales. La iniciativa, autoría de los diputados Eduardo Hardoy y Natalia Romero, del Partido Liberal (PL), tiene como eje central la inclusión de estos niños y adolescentes en el sistema prestacional de la provincia, eliminando las barreras de acceso que suelen presentarse en los procesos de institucionalización.

    En el expediente (Nº 19.713), se plantea como objetivo primordial el hecho de “garantizar el acceso a una cobertura de salud integral a los menores de edad que se encuentran bajo protección del Estado, en situación de adoptabilidad y sin cuidados parentales”. Para lograrlo, los legisladores proponen que el Gobierno provincial establezca el compromiso de brindarles asistencia médica a través de la incorporación directa como afiliados al Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes (Ioscor). De esta manera, se busca que la tutela estatal no se limite únicamente al alojamiento y la alimentación, sino que incluya una red de salud de alta calidad.

    Respecto de la viabilidad técnica de la medida, el texto legislativo es taxativo en su primer articulado. Allí se establece que la cobertura que brinda el Ioscor alcance a los menores cuya guarda permanezca en manos del Estado, ya sea por haberse dispuesto sobre ellos una medida de abrigo o por haberse declarado su estado de adoptabilidad. Al subrayar que “la salud es un derecho humano fundamental”, los autores del proyecto explicaron que el Estado debe actuar como un facilitador de servicios esenciales, equiparando las oportunidades de estos menores con las de cualquier otro ciudadano que cuente con una cobertura social de carácter solidario.

    UN MARCO LEGAL CON JERARQUÍA CONSTITUCIONAL

    El sustento del proyecto no solamente radica en la necesidad social inmediata, sino en un complejo entramado de normativas internacionales que Argentina ha incorporado a su Carta Magna. Los fundamentos del expediente 19.713 recuerdan que la propuesta “busca hacer efectivo el derecho a la salud de los niños mencionados anteriormente, reconocido en documentos internacionales ratificados por nuestro país a partir de la última reforma constitucional”. Esta mención hace referencia directa al Artículo 75 – Inciso 22 de la Constitución Nacional, que otorga jerarquía superior a tratados como la Convención sobre los Derechos del Niño.

    En este sentido, los diputados Hardoy y Romero destacaron, en los fundamentos de la normativa, que el compromiso asumido por la Argentina ante la comunidad internacional obliga a los Estados partes a reconocer el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud. Respecto de este punto, el proyecto cita textualmente que “los Estados partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios”, haciendo eco del Artículo 24 – Inciso 1 de la Convención. Para los legisladores del Partido Liberal, la provincia de Corrientes debe estar a la altura de estos estándares, evitando que la burocracia administrativa postergue la atención médica de quienes carecen de un entorno familiar que los ampare.

    EL RESPALDO DE LA JURISPRUDENCIA

    Más allá de los tratados internacionales, los autores de la norma recurrieron a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para blindar la propuesta, desde donde definieron el alcance de la protección sanitaria. Al señalar la relevancia de la acción positiva de los órganos estatales, los diputados recordaron que “este derecho significa -mínimamente- la preservación de la vida en condiciones de equilibrio psicológico y biológico y requiere de la acción positiva de los órganos del Estado en procura de que las personas en riesgo reciban las prestaciones necesarias”.

    Esta visión jurisprudencial es la que motiva el artículo 2 del proyecto, el cual autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para el cumplimiento de la ley.

    Entonces, queda claro que la intención de los legisladores que impulsaron la propuesta radica en que la falta de recursos no sea un escollo para la implementación de la medida. Respecto de esta obligación, la Corte expresó que lo dispuesto en los tratados “reafirma el derecho a la preservación de la salud y destaca la obligación impostergable de la autoridad pública de garantizar ese derecho con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deben asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales”.

    TRÁMITE PARLAMENTARIO

    La problemática de los menores bajo cuidado estatal ha sido motivo de diversos debates en la Legislatura correntina durante la última década, aunque pocas veces con una solución administrativa tan concreta como la incorporación al Ioscor. Generalmente, la atención de estos niños depende de la red de salud pública, la cual puede verse sobrepasada por la gran demanda habitual. La afiliación a la obra social provincial permitiría una agilización en la obtención de turnos, acceso a medicación de media y alta complejidad y una cartilla de prestadores privados que fortalecería el bienestar de los menores.

    PERSUASIÓN

    Finalmente, los autores de la iniciativa apelaron a la sensibilidad de sus pares en el recinto. El proyecto concluye con una exhortación a la judicatura y a los legisladores para “procurar que la declaración de derechos efectuada en nuestra Constitución no quede en mera retórica, sino que a través de su función se permita la efectiva y eficaz realización del derecho”, arguyeron.

    De prosperar, Corrientes se posicionaría como una de las provincias pioneras en formalizar la cobertura médica prepaga para niños en situación de adoptabilidad a través de su propia estructura estatal de seguridad social.

    TRABAJO LEGISLATIVO

    Actualmente, el proyecto de ley fue girado para su estudio pormenorizado a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General; y de Niñez, Adolescencia y Familia.

    A fin de persuadir a sus pares para avanzar en su tratamiento parlamentario, los autores de la normativa cuentan con un punto a favor: cada uno de ellos forma parte de una de estas comisiones, dado que en Asuntos Constitucionales y Legislación General se encuentra Hardoy; mientras que la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia justamente es presidida por Romero, su compañera de bloque.

    La Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General está integrada por Andrea Giotta (presidenta), Ana Améndola (vicepresidenta), José Vassel (secretario), María Sara Aparicio y Eduardo Hardoy (vocales).

    La Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia está compuesta por Natalia Romero (presidenta), Valeria Pavón (vicepresidenta), Adriana Vidal Domínguez (secretaria), Ricardo Caíto Leconte y Sofía Brambilla (vocales).

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