En Paso de los Libres, el oficial de la Policía de Corrientes, Walter Nicolás Solán, fue condenado a seis años de prisión y a una inhabilitación por igual período, tras ser hallado responsable de los graves delitos de lesiones graves doblemente agravadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género, sumado al cargo de desobediencia judicial.
La sentencia, dictada por el juez de juicio de la Cuarta Circunscripción Judicial, Marcelo Ramón Fleitas, confirma la culpabilidad del funcionario. Sin embargo, el monto de la pena no fue congruente con la solicitud del Ministerio Público Fiscal, liderado por Daniela Di Tomaso, quien había pedido ocho años de reclusión.
EL ABUSO DE AUTORIDAD
La fiscal Di Tomaso radicó en el abuso de su condición de policía que Solán ejecutó para infringir la ley. La fiscalía argumentó que el oficial «utilizó sus conocimientos como funcionario policial para reducir, inmovilizar y agredir a la víctima con una técnica calculada para infligir el máximo daño». Esta pericia, combinada con la intención de infundir temor y manipular a la víctima, buscaba garantizar su impunidad.
Además de la alevosía en el método, la fiscalía destacó la «brutalidad y ensañamiento» del agresor. La agresión física fue descrita como un acto de extrema violencia: «con la víctima indefensa en el suelo, la golpeó repetidamente con las rodillas en las costillas, una zona vital, causándole una fractura y un traumatismo renal».
La investigación no solo se centró en el daño físico específico, sino también en la continuidad y sistematicidad de la violencia, según corroboraron testimonios y la pericia psicológica. Este patrón abusivo causó un «daño físico grave y prolongado», obligando a la víctima a permanecer meses sin poder trabajar, lo que se tradujo en un consecuente perjuicio económico y personal, incluso forzándola a reubicarse laboralmente en Uruguayana por la pérdida de clientas.
La cotitular de la UFIC de Paso de los Libres también hizo hincapié en que la peligrosidad de Solán «trasciende la relación de pareja». El daño emocional se extendió a las niñas que convivían con la pareja, quienes fueron consideradas víctimas indirectas de la situación y que, además, también fueron agredidas físicamente por Solán. La fiscal afirmó que la «preponderancia de pautas agravantes por sobre las atenuantes» era abrumadora.
En este contexto de gravedad, la fiscalía sostuvo que la conducta de Solán demostró una «corrupción moral irreversible que lo torna permanentemente inapto para portar un arma y ejercer la autoridad que el Estado le confió». Por esta razón, solicitó una inhabilitación especial absoluta y perpetua, punto al que el juez Fleitas hizo lugar, aunque solo parcialmente, al dictar la inhabilitación por seis años, congruente con la pena de prisión.

