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    Portada » Piden a Enacom que incorpore el Alerta Sofía a dispositivos móviles
    Política

    Piden a Enacom que incorpore el Alerta Sofía a dispositivos móviles

    4 de agosto de 2024
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    El diputado del Partido Autonomista, José Antonio Romero Brisco presentó una resolución ante la Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, con el objeto de solicitar al Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom) la implementación de un sistema de notificaciones a dispositivos móviles para la activación del Alerta Sofía.
    En su Artículo 1°, el legislador taxativamente solicita al ente nacional que arbitre las medidas necesarias para implementar este sistema de notificaciones a dispositivos móviles al momento de dispararse una Alerta Sofía.
    El pedido remarca que el Alerta Sofía es un sistema de emergencia utilizado para la búsqueda y localización de menores desaparecidos en situaciones críticas.
    En el expediente, el legislador subraya que su solicitud tiene como finalidad mejorar la efectividad de este sistema, y asegurar que la información llegue de manera rápida y eficiente a la mayor cantidad de personas posibles a través de sus dispositivos móviles.

    NOTIFICACIÓN
    EFECTIVA

    Romero Brisco recuerda que el Alerta Sofía es un sistema de comunicación de emergencia rápida para el reporte de desapariciones de menores de edad, en situaciones que presenten un alto riesgo inminente sobre su integridad física y/o biopsicosocial, concebido con el objeto de aumentar las capacidades de búsqueda y recupero de niños y adolescentes desaparecidos.
    A la vez, subraya que este mecanismo, llamado Sofía en alusión al caso de desaparición de Sofía Herrera, consiste en difundir, mediante el trabajo articulado entre las entidades del sector público y el sector privado, los medios de comunicación y la sociedad civil, los datos del menor en riesgo.

    PEDIDO
    AUTORIZADO

    Al argumentar su pedido, el legislador indica al cuerpo parlamentario que la alerta debe ser solicitada por la autoridad judicial a cargo de la investigación, con requisitos determinados.
    Puntualmente, enumera, la persona desaparecida debe ser un niño o adolescente (menor de 18 años de edad), debe existir una denuncia oficial, o ser comunicado al Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas (Sifbu), debe encontrarse en curso una investigación penal que verifique que la desaparición se vincula con una privación ilegítima de la libertad y/o que haya descartado hipótesis alternativas para localizar de manera inmediata al niño o adolescente, y/o debe ser calificado como de «Alto Riesgo Inminente».
    El legislador recuerda que los criterios para la determinación de esta última situación son que hayan pasado menos de 72 horas de la desaparición; que la persona desaparecida sea discapacitada; que haya presencia de adultos relacionados con la desaparición; que se haya dado una situación atípica; y que se evidencie un contexto de violencia; que el niño o adolescente precise medicamentos.
    También lo son que se cuente con información precisa, suficiente y relevante para difundir públicamente la búsqueda, para que la ciudadanía coopere en la localización del niño o adolescente desaparecido y/o del/los responsable/s de su desaparición; y que la difusión pública de la información relacionada a la desaparición no sea perjudicial para la integridad del niño o adolescente.
    No obstante, remarca que el requerimiento de activación debe estar expresamente suscripto por la autoridad judicial.

    Ampliar la capacidad
    de la Justicia

    Cabe remarcar que la aplicación del programa vincula directamente con responsabilidades que ejerce el Ministerio Público Fiscal, y a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas en coordinación con el Sistema Sincronizado de Denuncias sobre los Delitos de Trata y Explotación de Personas, por la Ley N° 26.842, por medio de la cual fue creada la línea telefónica N° 145.

    Actualizar el sistema con el modelo Amber Alert

    En la faz argumental de la inicativa, el legislador indica al cuerpo parlamentario que la coordinación del Programa del Alerta Sofía se encuentra a cargo del Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas, del Ministerio de Seguridad de la Nación.
    Recuerda que el 25 de noviembre de 2019, el Procurador General de la Nación interino firmó el acta de cooperación con el Ministerio de Seguridad de la Nación (Resolución PGN N°101/2019), por medio de la cual este organismo pasó a integrar el Programa Alerta Sofía.
    En otro fragmento, destaca las similitudes del protocolo con la denominada Amber Alert, implementada desde el año 2002 durante el gobierno de George W Bush, aunque destaca una diferencia esencial: al dispararse una Amber Alert, se envían automáticamente notificaciones a todos los dispositivos de telefonía celular presentes en el radio de influencia del hecho, con datos e imágenes del niño desaparecido.
    En ese sentido, el legislador remarca que las primeras horas son cruciales frente a una desaparición, más aún si se trata de un menor.
    «Lamentablemente, hoy nuestra provincia y el país entero son testigos de un trágico hecho: la desaparición de Loan Danilo Peña, de quien aún se desconoce su paradero», expresa Romero Brisco, indicando: «A pesar de haberse emitido oportunamente una Alerta Sofía, gran parte de la población conoció el hecho un considerable tiempo después y a través de los medios de comunicación».

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