En estas vacaciones, la cantidad de gente en la Costanera generó mayor presencia de los denominados trapitos, desde la siesta y hasta la noche, por lo que dejar el auto estacionado tiene su precio.
La situación es recurrente todos los años, lo que motivó -en 2018- la creación de una ordenanza que se encuentra vigente y que prohíbe la actividad que realizan.
Actualmente, en todo el tramo del paseo costero hay personas que cobran un canon por dejar el vehículo. Si bien en todos los casos solicitan una colaboración, la cuestión es que la mayoría no tiene identificación ni mucho menos aval para cumplir dicha función.
En diálogo con EL LIBERTADOR, el titular de Prensa de la Jefatura de Policía, Sergio Aguilar señaló que se hacen controles permanentes a fin de brindar seguridad a vecinos y visitantes.
«Ellos se instalan en determinada zona, pero son muy fugaces. Se van cambiando de lugar justamente para despistar», señaló.
A lo que agregó: «Por eso pedimos que hay que denunciarlos al 911 y de esa manera queda registro. La persona debe llamar y comunicar el lugar exacto y así podemos ir de inmediato».
Siguió: «También se hacen recorridos en las esquinas de avenidas principales, donde suele ocurrir inconvenientes cuando estas personas lavan los vidrios y da el semáforo verde».
NORMATIVA
En 2018, los concejales aprobaron la ordenanza Nº 6.667 que prohíbe la actividad de cuidadores de vehículos en las avenidas Costanera General San Martín y Costanera Sur Juan Pablo II, sector comprendido desde calle La Rioja hasta la avenida José Romero.
En tanto que tampoco lo pueden hacer en otros espacios, ya que la norma establece que se extiende la prohibición a aquellas calles y avenidas no comprendidas en el sistema de estacionamiento medido, salvo acto administrativo en contrario.
En su articulado, la normativa fijó textualmente: «Prohibir la actividad de cuidadores de vehículos en las avenidas Costanera General San Martín y Costanera Sur Juan Pablo II, sector comprendido desde calle La Rioja hasta la avenida Jorge Romero». Además, extiende la prohibición a aquellas calles y avenidas no comprendidas en el Sistema de Estacionamiento Medido, salvo acto administrativo en contrario».
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