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    Portada » Prohíben los códigos QR para pagar cerca de los surtidores de combustible
    Sociedad

    Prohíben los códigos QR para pagar cerca de los surtidores de combustible

    8 de noviembre de 2022
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    La Secretaría de Energía de la Nación ordenó retirar los códigos QR de toda columna, poste, surtidor y cartelería que se encuentre dentro de las áreas clasificadas de las Estaciones de Servicio y reubicarlos en otros sectores del establecimiento.

    La medida sorprendió al sector ya que se deberán eliminar tales símbolos escaneables de forma inmediata – o afrontar posibles sanciones para quienes no lo hagan – ya que en el último tiempo se ha visto un crecimiento exponencial del uso de billeteras electrónicas en las bocas de expendio.

    Ante ello, Aníbal Mellano, director nacional de Refinación y Comercialización, en dialogó con surtidores.com.ar, recordó la vigencia de una resolución que considera al área de despacho como Clase 1 División 1, e informó los motivos por lo que se ordenó eliminar el símbolo QR en las islas de carga de combustibles de las expendedoras.

    “En las áreas clasificadas no está permitido utilizar dispositivos electrónicos que no tengan la categoría de antiexplosivos. Y el código QR induce a la gente a usar el teléfono cerca de los surtidores”, sostuvo. “Pero esto no implica que no se pueda colocar en otras zonas del establecimiento, como por ejemplo las tiendas de conveniencia”, agregó.

    LAS INTERPRETACIONES DE LA MEDIDA

    Desde el sector estacionero existen miradas cruzadas sobre la reciente nota informada por la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización.

    “Si se contemplan las definiciones del Decreto 2407/83, se define como Clase 1 División 1 al espacio inferior del surtidor hasta 1,20 metros de altura desde su base y el espacio exterior hasta 45 cm medido horizontalmente. Mientras que la Clase 1, División 2 aplica al área que abarque cualquier superficie dentro de 6 metros medidos horizontalmente desde el exterior de la envoltura de cualquier surtidor y también hasta 45 cm de altura sobre el nivel de la playa de abastecimiento o nivel del piso”, sostuvieron fuentes del sector.

    “Es decir que si los códigos QR están a 1,50 metros y el cliente no se acerca tanto, ya está fuera del área clasificada como lugar peligroso. Y por eso es muy discutible la normativa, por lo que se deberían aclarar esos grises, o sea, si los símbolos pueden estar a ciertas distancias o en ningún lado de la playa”, subrayaron.

    FUENTE: surtidores.com.ar

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