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    Portada » Violó a su hijastra de 7 años, lo condenaron a 12 años y quedó libre hasta que la sentencia sea firme
    Policiales

    Violó a su hijastra de 7 años, lo condenaron a 12 años y quedó libre hasta que la sentencia sea firme

    28 de julio de 2026
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    El Tribunal Oral Penal N° 1 de Corrientes condenó este mediodía a doce años de prisión efectiva a Johnatan Antonio C., de 24 años, hallado culpable de abusar sexualmente con acceso carnal de la hija de su concubina, una niña de 7 años. El hecho ocurrió el 2 de junio de 2024 en una vivienda del barrio Canal 13 de la ciudad de Corrientes.

    Según quedó probado durante el juicio, el acusado aprovechó que la madre de la niña se encontraba duchándose para atacarla sexualmente. La agresión le provocó lesiones graves en los genitales. Los gritos de la víctima alertaron a su madre, aunque antes la niña tuvo que soportar amenazas del agresor y atravesar una crisis de ansiedad producto del trauma.

    Las pruebas que sellaron la condena

    La acusación, sostenida por la fiscal María Lucrecia Troia Quirch de la Unidad Fiscal de Investigaciones y Control N° 1, reunió un conjunto de pruebas que el tribunal consideró concluyente. La perito policial Sara Pohualnik constató las lesiones sufridas por la niña. Las pericias bioquímicas sobre prendas íntimas de la víctima hallaron rastros genéticos que al ser cotejados coincidieron con los del acusado. Los profesionales del Cuerpo de Psicología Forense y del Hospital Juan Pablo II —que la atendió en un primer momento— también aportaron informes que apuntaron en la misma dirección.

    El elemento central del proceso fue la Cámara Gesell, dispositivo que permite obtener el testimonio de la víctima sin exponerla a revivir el hecho traumático. En esa instancia surgieron con claridad los indicadores de abuso sexual infantil, lo que terminó de consolidar la teoría del caso de la fiscalía.

    La pena y su ejecución

    El tribunal, integrado por los jueces Darío Alejandro Ortiz, Oscar Ignacio Dubrez y Ana del Carmen Figueredo, fijó la pena en doce años de prisión efectiva, por debajo de los quince que había solicitado la fiscal. El delito fue calificado como abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia.

    Si bien la fiscalía pidió que el condenado permanezca en prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, el tribunal resolvió que la pena se ejecutará recién cuando eso ocurra.

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