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    Portada » Un guía de pesca no podrá usar su licencia hasta que cumpla la cuota alimentaria
    Sociedad

    Un guía de pesca no podrá usar su licencia hasta que cumpla la cuota alimentaria

    28 de mayo de 2024
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    El Superior Tribunal de Justicia ratificó la decisión de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Corrientes de cancelar la licencia de pesca y el carnet de timonel a un hombre por adeudar la cuota alimentaria. El padre no podrá realizar su actividad como guía de pesca hasta tanto no cancele la deuda con sus dos hijos.

    Con la votación de los Ministros del STJ doctores; Guillermo Horacio Semhan, Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Gilberto Panseri y Alejandro Alberto Chaín, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por la representante legal de un guía de pesca que adeudaba la cuota alimentaria de sus dos hijos y confirmó la decisión en primera instancia de cancelar la licencia de pesca y el carnet de timonel del demandado, con costas (Res. N° 226 del 10/08/2023).

    La Corte Provincial consideró que la medida encuentra justificación en la necesidad de que el alimentante cumpla de una vez por todas con los alimentos adeudados, para lo cual se lo exhorta a esforzarse por cancelar sus obligaciones pendientes.

    Cabe destacar que la decisión surge luego de que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Corrientes rechazara el recurso de apelación interpuesto por el hombre y confirmara la decisión de primera instancia de cancelar la licencia.

    El hombre que se desempeña como guía de pesca y, disconforme con esa decisión, interpuso el recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley y señaló la irrazonabilidad de la medida en cuanto le impide desarrollar su tarea y realizar actividades que le permitan obtener sus ingresos.

    En este sentido, el STJ aclaró que la medida ha sido decretada en el acotado marco de un proceso de ejecución de sentencia, es decir que en esencia es provisoria, dado que dura hasta que obtenga la finalidad que persigue, el pago de lo adeudado a sus hijos.

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