El Gobierno argentino publicó una serie de normas ayer que fijan las condiciones para exportar carne vacuna en 2022 y 2023, entre las que se incluye la suspensión por dos años de los cortes «preferidos» por los consumidores argentinos.
02-TAPA-POLITICAMediante el decreto 911/21 se reserva para el mercado interno los cortes «preferidos» por los argentinos, es decir, asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío, al limitar la exportación definitiva y/o suspensiva hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.
También suspende hasta esa fecha la exportación definitiva y/o suspensiva de reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.
La Resolución 302/21 abre un registro de exportadores durante 60 días, al habilitar la inscripción de nuevas plantas faenadoras y procesadoras, y grupos de productores que pretendan exportar carne vacuna en 2022.
La resolución 301/21 libera en su totalidad las exportaciones vacunas de las categorías D, E (generalmente con destino a China, el principal cliente de exportación) y toros, lo que incluye la posibilidad de exportar los cortes preferidos por los argentinos, así como de huesos con carne resultantes del desposte.
Esos exportadores, así como las fábricas o establecimientos cárnicos que fueron adjudicatarios de cupos para exportar en junio de 2020, deberán registrar, para su aprobación, las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (Djec) durante 2022.
En cambio, indica que «los contingentes arancelarios otorgados por terceros países» a la Argentina «se regirán por sus respectivas normas», que recuerda lo que había anticipado el Gobierno de Alberto Fernández respecto de los compromisos internacionales de la Cuota Hilton, la 481, con Israel, EE UU, Chile y Colombia.
Además, crea el Observatorio de la Producción de la Carne Vacuna en la ámbito del ministerio de Agricultura, como un «organismo consultivo» que «brindará asesoramiento para impulsar la productividad y generar un buen clima de negocios en la cadena de la carne».
Asimismo, la Resolución 10/21 determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilogramos y que se otorgará un plazo de hasta seis meses para cumplir con estos requisitos.
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