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    Portada » Reclamo de estatales por instrumentación de licencias
    Edición Impresa

    Reclamo de estatales por instrumentación de licencias

    3 de octubre de 2021
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    Delegados de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), en el Instituto de Vivienda de Corrientes (Invico), expresaron en la víspera su malestar por la contraria disposición provincial al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emanado la semana pasada, con respecto a las licencias para personal de riesgo en la administración pública.
    «El artículo 6 del DNU nacional dice que hay personas que deben ser exceptuadas de ser convocadas y aclara que es según lo establecido en la Redolución 627/20 del Ministerio de Salud de la Nacion, Art 3, incisos V y VI. Resulta que el Gobierno provincial anula todas las licencias, incluidas aquellas personas que están exceptuadas en el decreto nacional. Lo irónico es que en su artículo 13 el DNU nacional establece que los gobernadores deben implementar lo dispuesto en dicho decreto como agentes del Gobierno Federal, según lo establecido en el Articulo 128 de la Constitución Nacional, lo cual claramente no se cumple», puntualizaron los representantes obreros.
    Cabe recordar que en la conferencia brindada por la ministra de Salud de la Nación, Claudia Vizzotti se dejó en claro que los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores.
    Se dejó en claro que sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores a los que comprende el artículo 3, incisos V y VI, de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, es decir, personas con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmuno­supresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

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