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    Política

    Nación dejará de compensar a empresas de colectivos y aclara que el pasaje gratuito para discapacitados sigue vigente

    26 de mayo de 2026
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    El Gobierno nacional eliminó el esquema de compensaciones económicas que el Estado pagaba a las empresas de transporte interurbano de pasajeros por los pasajes gratuitos que deben otorgar, por ley, a personas con discapacidad, trasplantados en lista de espera y niños con cáncer. La medida quedó plasmada en la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, firmada por Mariano Ignacio Plencovich y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

    El régimen que se deroga tenía casi una década de historia y había sido creado para compensar a las compañías privadas por un costo que, bajo un sistema de tarifas reguladas por el Estado, no podían trasladar a sus precios. Las resoluciones ahora eliminadas databan de 2018, 2019, 2022 y 2023, y se financiaban con fondos de un fideicomiso y del Presupuesto General de la Nación.

    Un cambio de paradigma

    Foto: Miguel Valenzuela

    El argumento central del Gobierno para suprimir el reembolso es el nuevo marco regulatorio aprobado mediante el Decreto 883 de octubre de 2024, que desreguló el sector y habilitó a las empresas de transporte de larga distancia a fijar libremente sus tarifas, recorridos y horarios. Según la resolución, ese cambio «alteró los presupuestos fácticos y jurídicos que dieron origen y sostuvieron el régimen compensatorio», dado que las empresas ya tienen margen para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales que les corresponden.

    En otras palabras: si antes el Estado les compensaba porque no podían subir el precio del pasaje, ahora que pueden hacerlo libremente, el subsidio pierde su razón de ser.

    Qué cambia y qué no

    La Secretaría de Transporte derogó el régimen que reembolsaba parcialmente a las compañías de larga distancia el costo de los boletos sin cargo. El argumento oficial: la libertad tarifaria que rige desde 2024 les permite absorber ese gasto en su estructura de costos. El derecho al pasaje gratuito, sin embargo, sigue vigente y es exigible.

    El punto más sensible de la medida es su impacto sobre los beneficiarios finales. La resolución es explícita en aclarar que el derecho al pasaje gratuito no se toca: las leyes que lo consagran -22.431 para personas con discapacidad, 26.928 para trasplantados y 27.674 para menores con cáncer- siguen plenamente vigentes y las empresas continúan obligadas a cumplirlas bajo control de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (Cnrt).

    Lo que cambia, en esencia, es quién absorbe el costo: ya no el Estado, sino las propias compañías de transporte. El texto oficial reconoce que el impacto económico «se circunscribe exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados».

    TRASFONDO POLÍTICO Y ECONÓMICO

    La medida se inscribe en la política de reducción del gasto público y desregulación que caracteriza la gestión del presidente Javier Milei. La eliminación de este subsidio sectorial es coherente con el desmantelamiento de otros esquemas de compensación tarifaria que el Estado sostuvo durante décadas en el transporte.

    Sin embargo, la decisión abre interrogantes sobre su impacto real en el acceso al transporte de los grupos más vulnerables. Si las empresas deben asumir sin reembolso el costo de los pasajes gratuitos, existe el riesgo de que busquen mecanismos -formales o informales- para dificultar su emisión o que ese costo se traslade al resto de los pasajeros vía aumentos de tarifas.

    La Cnrt quedó expresamente encargada de monitorear el cumplimiento de las obligaciones de gratuidad. Resta saber con qué herramientas y presupuesto contará para hacerlo.

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