El empresario gastronómico Matías Piattoni fue condenado este jueves a la pena de tres años de prisión e inhabilitación por 10 años para conducir todo tipo de vehículos, tras haber homologado el Tribunal Oral Penal (TOP)N°2 un acuerdo de juicio abreviado en el que admite su responsabilidad en el siniestro vial que provocó el 13 de febrero de 2021 al mando de su Ford Mustang y que le costara la vida a Ángel Exequiel González y su hijo Mateo Ángel Gabriel.
En el acuerdo alcanzado entre las partes del proceso (la defensa técnica del imputado, la querella y el representante del Ministerio Público Fiscal), Piattoni reconoce y ratifica la validez de las pruebas que pesaban en su contra y se declara culpable de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior al gramo de litro por sangre, en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, sin estar habilitado y siendo más de una las víctimas fatales”.
El documento, rubricado el martes, contempla la conformidad del acusado, a través de sus defensores, Julio Alberto Leguizamón y Estefanía Itatí Ceballos; de la querella, ejercida por Juan Manuel Cubilla Podestá y del representante del Ministerio Público Fiscal, Jorge Omar Semhan. En tanto víctima, Karen Salomé Cufré, viuda del cabo del Ejército argentino de 32 años y madre del niño de 12 años, también aceptó las condiciones del acuerdo y prestó su avenencia para con la pena y su ejecución.
En el punto séptimo del acuerdo el empresario condenado aceptó que la pena que recaiga sobre sí se ejecute en un establecimiento carcelario común y se comprometió, del mismo modo, a que en un período de como mínimo 18 meses no solicitará ni se acogerá a beneficio alguno relacionado con salidas transitorias ni modalidades de cumplimiento alternativo.
También aceptó Piattoni el “pago total e irrestricto de todas y cada una de las costas, gastos, honorarios y accesorios devengados, regulados o a regularse o devengarse” en el marco del expediente que se originó a partir del hecho. Además, asumió los honorarios de los abogados de la querella, uno de los cuales solo la ejerció en la fase inicial del proceso.
La conformación del TOP 2 que homologó el acuerdo estuvo encabezada por Juan José Cocchia, en calidad de presidente, en tanto que como vocales actuaron Román Esquivel y Ariel Azcona. Semhan intervino como fiscal por disposición del Fiscal General del Poder Judicial y jefe del Ministerio Público, César Sotelo, ante la vacante del acusador natural ante el TOP.
Entre las pruebas más contundentes de la investigación penal preparatoria que desarrolló el fiscal de la UFIC (Unidad de Investigaciones Concretas) N° 6, Gustavo Alejandro Roubineau, sobresalen los informes periciales de la Unidad Fiscal de Investigaciones Estratégicas (Ufie) y del Instituto Médico Forense (IMF), además de los que realizó la Policía de la Provincia y los proporcionados por la Municipalidad de Corrientes.
Fotos: Luis Gurdiel.