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    Madre e hija, secuestradas: el hecho que conmovió a Corrientes hace 115 años

    10 de septiembre de 2023
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    Por Noelia Irene Barrios
    EL LIBERTADOR

    En enero del año 1908, un hecho policial ocurrido en Corrientes llegó a tener repercusión nacional. Las víctimas fueron una madre y su hija, rescatadas luego de pasar trece años secuestradas en una estancia en la zona del departamento de San Luis del Palmar. En ese entonces, a la conmoción de que fueran encontradas con vida después de tanto tiempo se le sumó el impacto que causó la noticia de que los responsables resultaron ser miembros de su propia familia. Este es el informe del caso que el Archivo General de la Nación rescató de una revista de la época y comparte con el público.
    La publicación le corresponde a la revista Caras y Caretas y forma parte del Departamento de Documentos Fotográficos del Archivo. El título era justamente Las secuestradas de Corrientes, y la nota contaba el calvario vivido por doña Juana Álvarez de Sánchez Negrete y su hija, Feliciana.
    «La Justicia de la provincia de Corrientes se halla actualmente empeñada en esclarecer el ruidoso asunto de las secuestradas de Caviá Cué», comenzaba la publicación que data del 18 de enero de 1908. También se detallaba que el encargado de investigar el hecho era el «juez del crimen, doctor Gómez». «Se ha hecho cargo del proceso, hizo una visita al establecimiento de José Sánchez Negrete, en Caviá Cué, donde parece estuvieron secuestradas durante trece años», ambas mujeres agregaban.

    MOTIVO

    El trabajo de investigación no tardó mucho tiempo en dar frutos, ya que desde un primer momento todo apuntó a personas muy cercanas a las víctimas. «Hasta ahora, de las diligencias practicadas por el citado funcionario, parece ser que hay fundamentos para creer en la existencia de un crimen», señalaba sobre eso la nota.
    En poco tiempo se había podido establecer que el blanco del delito era la joven Feliciana. Esto les permitió saber a los investigadores a cargo del juez Gómez, que el motivo del crimen, no fue otro que la avaricia.
    «Feliciana, en vías de una convalecencia, deja ya entrever que fue víctima de un secuestro cruel y de castigos bárbaros en la estancia donde la recluyeron a viva fuerza, encerrándola en una habitación obscura y haciéndola pasar una vida rodeada de todo género de amarguras», relató la nota sobre la joven.
    «Se acusa del crimen a dos hermanos de la víctima, los cuales la secuestraron con el fin de que no se casara, con lo que hubiera disminuido el patrimonio heredado por ellos», remarcaron, haciendo referencia a una costumbre que se tenía en algunas familias adineradas, de impedir el casamiento de las mujeres para evitar que se pierda el apellido, así como los bienes materiales, principalmente el dinero.
    En este caso, los dos hermanos de Feliciana llevaron su codicia al extremo de encerrarla a ella y también a su propia madre, con tal de asegurarse la herencia. «Feliciana va mejorando día por día esperándose con ansiedad la declaración que ella haga ante el juez, doctor Gómez», narraba el artículo.
    Sobre lo que ocurrió con estos dos hermanos que atentaron contra su propia familia se sabe poco. En la nota publicada por Caras y Caretas, se deja ver al menos que tanto doña Juana como su hija, tuvieron al menos algo de justicia.
    «El doctor Gómez ordenó la prisión de los acusados, los cuales solicitaron libertad bajo fianza, recurso que les fue negado por la justicia competente», detallaron.
    De igual forma, la condena social ante este grave hecho de violencia de género intrafamiliar, no se hizo esperar y ambos acusados cargaron con el peso de sus acciones. «El pueblo de Corrientes se halla consternado ante la proporción inhumana de este asunto y desea se esclarezcan los hechos para dar un castigo ejemplar a los autores del secuestro», completa la publicación.

    Matrimonios forzados, un negocio que siempre tenía las mismas víctimas

    El caso de doña Juana y su hija Feliciana es testimonio extremo de las prácticas que tenían algunas familias adineradas para perpetuar o expandir su patrimonio. El detalle es que en la mayoría, sino todos los casos, el beneficio era sólo para los hijos varones.
    De esto se derivaban dos prácticas que afectaban a las mujeres: se les negaba el matrimonio para que no se distribuya la herencia; o se las obligaba a casarse con hombres pertenecientes a otras familias adineradas y de renombre para ampliar las posesiones. En ambos casos, son sobrados los ejemplos que se mencionan en la literatura, aunque la realidad siempre superaba la ficción.

    Ley 11.357, una normativa
    que llegó a cambiar la historia

    El 14 de septiembre de 1926 se sanciona en Argentina la Ley 11.357 sobre los derechos civiles de la mujer, la cual reformó el Código Civil y reconoció a todas las mujeres mayores de edad, cualquiera sea su estado, el ejercicio de sus derechos y funciones civiles. Fue promulgada el 22 de septiembre de ese año.
    Esta norma amplió la capacidad de las mujeres en relación a la patria potestad, administración y disposición de los bienes propios como también, el régimen de bienes gananciales en el matrimonio. Estos cambios significaron una conquista fundamental para comenzar a trazar la transformación del orden social desigual entre hombres y mujeres en este país.

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