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    Policiales

    La Justicia correntina se declaró incompetente en la causa Generación Zoe

    24 de noviembre de 2022
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    El juez Carlos Balestra declaró la incompetencia del Juzgado de Garantías de Goya para entender en la causa conocida como Generación Zoe, en la que está imputado Leonardo Cositorto. El magistrado ordenó remitir el caso al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 4, a cargo de Ariel Lijo.

    En la audiencia realizada esta mañana, Balestra admitió el planteo del fiscal Sustituto, Juan Carlos Castillo, quien solicitó se declarara la incompetencia para entender en la causa penal.

    El fiscal basó su pedido en tres razones. La primera, es que se ampliaron las imputaciones, y uno de los delitos por los cuales ahora son investigados los imputados es el lavado de activos agravado, una figura autónoma contra el sistema financiero que es de competencia federal. Ese delito, conjuntamente con los de asociación ilícita y estafa en la modalidad de delito continuado, fueron cometidos mediante una compleja ejecución de maniobras fraudulentas en distintas partes del territorio de la Argentina.

    La segunda razón es que, según los informes obrantes en el legajo de investigación, la constitución de sociedades que funcionaban como fachadas y sus domicilios son del aérea metropolitana de Buenos Aires, y el tribunal que previno fue el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4, a cargo Ariel Lijo.

    Allí se resalta que la Unidad de Investigación Financiera entre sus conclusiones mencionaba dos grandes bases de esa “asociación ilícita” en el Área Metropolitana del Gran Buenos Aires y en Villa María (Córdoba).

    Finalmente, en relación a la evidencia colectada sobre todo en relación al organizador de la banda delictiva, Cositorto, el informe N° 26/22 de la Unidad de Información Financiera detalló que el imputado habría sido Monotributista Categoría A e incluso beneficiario del IFE durante el periodo 10/20. No se recolectaron datos que evidenciaran hasta el periodo 03/21 fuentes formales generadoras de ingresos suficientes que le permitan conformar una base económica financiera como para sustentar la constitución de un holding societario.

    En base estas argumentaciones, el fiscal expresó que se evidenciaba una banda delictiva que actuaría en distintos puntos del territorio nacional, conformándose una asociación ilícita interjurisdiccional que llevaría adelante un único accionar delictivo complejo, que se integra con varios hechos ilícitos dentro del mismo contexto criminal en que se desarrolló el delito de lavado de activos, de competencia federal.

    De allí, salió el planteo del fiscal correntino sobre la necesidad de que los hechos fueran investigados por un único tribunal, “atento que su juzgamiento por separado iba detrimento de una buena administración de justicia e incluso podría afectar las garantías constitucionales que protegen a los imputados contra la percusión penal múltiple”.

    El abogado Pablo Fleitas, en representación de los querellantes, consideró que lo correcto en términos procesales sería la remisión de copias de las presentes actuaciones al Juzgado Federal de la ciudad de Goya, atento la nueva calificación jurídica. Y expresó que debía ser esa la institución que dirimiera la competencia. Rechazó el planteo de la Fiscalía.

    El letrado Jorge Leandro Montti, en representación de los también acusados Nicolás Ismael Medina, Javier Sebastián Medina y Lucas Damián Camelino, solicitó también el rechazo del planteo de Fiscalía. 

    Por su parte, Víctor Hugo Scofano Truyen, quien asiste legalmente a Cositorto, no presentó objeciones y manifestó conformidad a la presentación del representante del Ministerio Público.

    De esta manera, luego de que el juez Balestra compartiera el criterio del Fiscal y remita las actuaciones, tanto Cositorto como Camelino y los Medina quedan a su disposición quedaron a disposición de la Justicia Federal.

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