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    Portada » La hidrovía, y el vencimiento de su concesión
    Edición Impresa

    La hidrovía, y el vencimiento de su concesión

    19 de abril de 2021
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    Por Noel Breard

    Vale la pena una pausa de reflexión entre Nación, provincias y el parlamento, para definir nuevos paradigmas de gestión y recuperar pilares fundamentales nacionales que fortalezcan nuestra soberanía
    Hacerse el distraído y denunciar tarde es funcional a la lesión del patrimonio nacional y federal, el parlamento debe opinar con soluciones oportunas.
    El Decreto nacional 949/20 dispone el llamado a licitación pública para la realización de obras con peaje en la denominada Hidrovía, una vía navegable comprendida entre el kilómetro 1.238 del río Paraná y el kilómetro 239 del canal de Punta Indio, en el río de la Plata.

    Ante el vencimiento el viernes 30 de la concesión de explotación de balizamiento, dragado etcétera, cuya concesión maneja hace 25 años la empresa Belga Jan De Nul, asociada a la argentina Empa, cuya facturación es de 300 millones dólares anuales de peaje, donde la Argentina, por esta autopista de agua paga 7.000 millones dólares por los fletes a barcos extranjeros. Los buques que transitan en este corredor son 98 por ciento extranjeros, donde el contrato original de 1995 fuera renegociado varias veces, donde la experiencia indica que los exportadores se manejan por declaración jurada de carga, donde Afip, Aduana y Prefectura prácticamente tienen una actitud pasiva en el control, donde la legislación laboral es un incentivo a que no existan barcos ni empleados argentinos, esto nos muestra lo que debemos hacer antes de reiterar el modelo anterior, cambiando jugadores o no, es ver si Argentina necesita estudiar una nueva estrategia para lo cual deberá suspenderse la concesión por un tiempo determinado y analizar integralmente como recuperamos el poder de Policía, como armamos una persona jurídica, una empresa estatal con participación del Estado nacional y las provincias ribereñas (corrientes está entre ellas) y dejamos sin efecto la Resolución 8/2021 APN-MTR nacional, donde las provincias que componente este sistema participan solamente como asesora de una adjudicación transitoria.
    COMO EJEMPLO SIGAMOS DOS DISCRIMINACIONES ABSURDAS

    La hidrovía llega en la concesión hasta confluencia donde se encuentra el Paraná y Paraguay (en Paso de la Patria Corrientes), dejando al futuro puerto de Itá Ibaté y al puerto de Ituzaingó, afuera de los trabajos de dragado y balizamiento, como oferta de puerto de carga forestal y granífero y de la producción paraguaya de la zona.
    Además, los barcos extranjeros solo pueden cargar en un puerto argentino y seguir viaje. Antes, los barcos podían completar cargas en varias provincias ribereñas.
    La realidad es que con esta legislación, en las provincias como Corrientes, Chaco y Formosa, los barcos no cargan, no pueden parar y cargan solo en Rosario, que tiene la gran oferta granífera, es decir, una resolución de concentración de corte anti federalista.
    El Parlamento argentino deberá dar un debate con audiencias públicas, con una comisión especial que elabore una nueva estrategia. Las provincias ribereñas necesitan voz y voto, estamos a tiempo de cambiar el paradigma con armonía a la soberanía, al federalismo y al interés general.

    El autor de la nota es Senador provincial de la UCR.

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