Se terminaron los atajos para la defensa de Gerardo Dahse. En un fallo que suena a portazo definitivo, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes le cerró este viernes la última persiana legal al ginecólogo condenado por abuso sexual gravemente ultrajante.
Al declarar «formalmente inadmisible» el recurso para llegar a la Corte Suprema de la Nación, la máxima instancia provincial no sólo ratificó los siete años de prisión, sino que expuso la fragilidad de una estrategia defensiva que ya no tenía tela para cortar.
El rechazo fue unánime y contundente. El voto del doctor Alejandro Alberto Chaín fue elocuente: la defensa se limitó a repetir quejas que ya habían sido trituradas en instancias anteriores. Para el STJ, no hubo «cuestión federal» ni argumentos nuevos, sino una simple dilación jurídica ante un fallo que les resultó adverso.
ADHESIONES Y COSTAS
Los doctores Eduardo Gilberto Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz adhirieron a los fundamentos del doctor Chain. Por su parte, el presidente del STJ, doctor Guillermo Horacio Semhan, acompañó la decisión de rechazar el recurso, aunque mantuvo su postura histórica de que, al tratarse de un acto inoficioso, el proceso no debería generar costas.
Finalmente, el Superior Tribunal resolvió declarar formalmente inadmisible el recurso y disponer la devolución de las actuaciones al tribunal de origen para que se proceda con el trámite correspondiente.

Con la Resolución N° 57, la condena a siete años de cárcel y la inhabilitación perpetua para ejercer la medicina dejan de ser una posibilidad para convertirse en un destino. El tribunal fue claro: la sentencia original no fue un invento ni un arrebato, sino una «derivación razonada» de las pruebas que hundieron al profesional.
Mientras el expediente baja ahora al tribunal de origen para que se ejecute el trámite correspondiente, el mensaje que emana de los pasillos del STJ es demoledor para el círculo de Dahse: se acabó el tiempo de las interpretaciones. El ginecólogo, que alguna vez gozó de prestigio en los consultorios, hoy sólo tiene por delante el cumplimiento efectivo de una pena que lleva el sello de lo irrevocable. La Justicia de Corrientes, por fin, dejó de hablar en condicional.
ANTECEDENTES DEL CASO
Dahse había sido condenado por el Tribunal Oral Penal N° 1 (hoy Tribunal de Juicio) a 7 años de prisión e inhabilitación especial perpetua por el delito de “Abuso Sexual Gravemente Ultrajante”, previsto en el artículo 119, segundo párrafo, del Código Penal. Dicha condena ya había sido confirmada por el STJ en septiembre de 2025 al rechazar el recurso de casación de la defensa.

