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    Política

    La causa Vialidad domina el escenario político

    20 de abril de 2025
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    La Corte decidió dar vista al Procurador General de la Nación, cuyo dictamen es previo a la decisión del más alto Tribunal. No es vinculante: su opinión no obliga ni condiciona a los ministros, pero sí es un paso previo y necesario para que la Corte Suprema se expida. En su último acuerdo ordinario, se resolvió girar el recurso de queja planteado tanto por los condenados como por el Ministerio Público, para que el Jefe de los Fiscales se expida.

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    En la Corte ya hay criterio formado. De las distintas opciones posibles -esto es, la absolución, la confirmación del fallo, la reducción de la condena o el aumento de la pena a 12 años, tal como lo pidió el fiscal del TOF y el del Tribunal de Casación, que encuadraron la causa bajo la figura del delito de asociación ilícita- habría tres votos positivos en el sentido de respaldar el fallo del máximo Tribunal del fuero penal, que es la Cámara Federal de Casación Penal.
    En lo que aún no hay acuerdo es en los tiempos y las formas. En esto, al día de hoy, hay un voto de cada lado y uno en el medio, que dista de ser tan definitivo como para abrir la instancia de convocar a conjueces, que serían dos a sortear entre los más de 30 presidentes de las Cámaras Federales del país.
    Se espera conocer la opinión del Procurador General de la Nación, quien maneja dos opciones: una, aconsejar la admisión de las quejas, señalando que las mismas fueron mal desestimadas, por cuanto existe caso federal que habilita la revisión de la Corte; o, de lo contrario, rechazarlas, en cuyo caso -y conforme a la jurisprudencia predominante- se remite al artículo 280 del Código Procesal Penal, por el cual el más alto Tribunal no se aboca al análisis del caso.
    En el supuesto de que la Corte, más allá de la opinión del Procurador, entienda que hay caso federal, actúa en dos tiempos: primero, declara procedentes las quejas y pide la remisión de los autos principales, lo que implica dejar en suspenso todos los efectos del fallo apelado. Una vez recibida la causa completa, la misma comienza a circular entre las tres vocalías del Tribunal, bajo la dirección de la Secretaría Penal y la intervención de los respectivos relatores que designan, respectivamente, los ministros.
    Todo parece indicar que, en lo que respecta a las formas -y más allá de lo que el Procurador aconseje al alto Tribunal- lo más probable es que, finalmente, la Corte resuelva por unanimidad no entrar en el análisis de fondo; o sea, que la cuestión se circunscriba a los tiempos. En esta variante se definiría el tercer voto que, a la postre, no cuestionaría el sentido del voto de los otros dos, sino el sentido de oportunidad. Aunque, en esto, tampoco desde esa vocalía se da una posición terminante, prefiriendo esperar cuándo y en qué sentido se expide el doctor Casal, Procurador General Subrogante, lo cual se produciría en el mes de mayo, antes del Día de la Patria.

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