La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 12 años de prisión impuesta a Jorge Esteban Villalba por el delito de transporte de estupefacientes.
La decisión fue adoptada de forma unánime por los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y la jueza Ángela Ledesma, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa del imputado.
Villalba había sido detenido en diciembre de 2023 en la ciudad de Hipólito Yrigoyen, Salta, con más de 10 kilos de cocaína ocultos en el baúl de su vehículo.
Durante el juicio, también se le atribuyó otro hecho previo en el que se hallaron más de 6 kilos de cocaína en un auto de su propiedad.
La condena en primera instancia fue dictada en noviembre de 2024 por el juez federal Víctor Antonio Alonso, integrante del Tribunal Oral de Corrientes. En el proceso judicial intervinieron los fiscales generales Carlos Schaefer y Raúl Pleé, así como la auxiliar fiscal Tamara Pourcel.
La investigación original estuvo a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Corrientes, dirigida por el fiscal Flavio Ferrini. También participó el secretario de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) en Corrientes, Nicolás Ricardo Marquevich. Las autoridades determinaron que la droga tenía como destino final las provincias de Corrientes y Chaco, lo que agrava el delito por su carácter interjurisdiccional.
EL RECHAZO AL RECURSO DE CASACIÓN
La defensa de Villalba había solicitado la revisión de la sentencia y su eventual absolución, alegando falta de pruebas contundentes y cuestionando el monto de la pena impuesta. Sin embargo, los jueces de Casación consideraron que los fundamentos del recurso no fueron suficientes para revertir la decisión del tribunal de origen.
En su voto, el juez Alejandro Slokar afirmó que el imputado nunca se encontró en una situación de “indefensión”, como alegaba la defensa, y sostuvo que la participación de un imputado arrepentido no fue el único elemento probatorio. También destacó la legalidad de las intervenciones telefónicas ordenadas por el juez de instrucción.
Los magistrados consideraron que las pruebas reunidas durante la instrucción, incluyendo escuchas telefónicas y otros elementos documentales, fueron suficientes para sostener la condena. La sentencia resalta que estas pruebas no fueron valoradas de forma aislada, sino en conjunto, lo que permitió establecer con claridad la responsabilidad penal del acusado.
IMPLICANCIAS Y CONTEXTO LEGAL
El caso se inscribe en el marco de la lucha contra el narcotráfico promovida por la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), que coordina esfuerzos judiciales para investigar y sancionar delitos complejos relacionados con estupefacientes.
El fallo también refuerza la jurisprudencia en torno a la validez de pruebas obtenidas mediante escuchas telefónicas, siempre que sean debidamente autorizadas. En este sentido, el voto del juez Slokar remarca que “la investigación efectuada por la prevención, bajo la dirección de la fiscalía, fue transparente y conforme al derecho”.
Por otra parte, la decisión de Casación se enmarca en el sistema acusatorio que rige en la justicia penal federal, donde la fiscalía tiene un rol central en la promoción de la acción penal.
El trabajo coordinado entre distintas instancias del Ministerio Público Fiscal permitió sostener la acusación y obtener una condena firme en un caso de narcocriminalidad con impacto regional.