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    Portada » «El nuevo Código Procesal Penal correntino es un avance»
    Política

    «El nuevo Código Procesal Penal correntino es un avance»

    4 de junio de 2024
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    El juez de Garantías, Martín Vega fue entrevistado en el programa La Otra Campana, que se emite simultaneamente por LT7 Radio Corrientes y LT25 Radio Guaraní, de Curuzú Cuatia.
    En conversación con el periodista Gustavo Adolfo Ojeda el letrado se expidió acerca de diferentes cuestiones, vinculadas al mundo penal.
    A continuación, el desarrollo de la charla:
    ¿Podrías hacer un análisis del nuevo Código Procesal provincial?
    -El Código Procesal Penal de la Provincia de Corrientes fue reformado hace aproximadamente tres años y medio, cuatro. Primero se implementó en las ciudades del Interior, comenzó por Paso de los Libres en el 2020, y al poco tiempo, a los treinta días, Curuzú Cuatiá y Mercedes, y después Goya a los pocos meses, y así fue, digamos, un circuito de puesta en funcionamiento de este nuevo procedimiento hasta que en el 2022 llegó a la ciudad de Corrientes Capital. Y desde allí toda la provincia ya está regida por este nuevo sistema procesal penal, que para que la gente lo entienda se denomina adversarial y acusatorio. Adversarial en el sentido de que los protagonistas del proceso son las partes, el fiscal por un lado, que representa a la sociedad, que representa al Estado, y por el otro lado la defensa, a la que tiene derecho cualquier persona que es acusada de un delito, ¿no? Y en el medio, con una imparcialidad marcada por este nuevo sistema, estamos los jueces, que somos los que decidimos luego de que las partes llevan adelante una especie de lucha, una especie de enfrentamiento procesal. Todo esto con las ideas y con sus argumentos, y los jueces estamos llamados a resolver lo que las partes plantean en las audiencias.
    Sin dudas representa un salto de calidad para el servicio de justicia.
    -Sí, este nuevo Código Procesal Penal representa un avance sobre el anterior cuyo procedimiento también regía en otras provincias. El Juez de Instrucción cumplía prácticamente dos funciones, la función de Juez y la función de Fiscal, porque se realizaban actos de investigación, o sea, por cuenta propia, por decirlo de alguna manera. Llamaba a declarar testigos, pedía que se realicen pericias para investigar el hecho histórico que se encontraba bajo investigación. Esto fue dejado de lado por el nuevo código, y ahora es el Fiscal el que tiene que llevar adelante esa investigación, y el Juez tiene una posición equidistante entre las partes que realza. Es la imparcialidad que debe tener todo Juez en el ejercicio de sus funciones. Pero sí, esto es un avance respecto de la técnica y respecto de que otras provincias ya han llevado adelante esta reforma, y también la Nación, llevando principios que han sido incorporados a la constitución en el 94, los tratados internacionales que exigen que el Juez tenga la imparcialidad que este nuevo proceso le otorga.
    En este momento histórico fue vital la capacitación permanente ¿No?
    -Sí, tal cual, desde antes de la implementación ya se empezó a realizar, a través de sus oficinas de capacitación de recursos humanos, cursos donde ya se estudiaba y se perfilaba este nuevo proceso, también se sigue haciendo, por supuesto. Y esto es muy importante para todos los operadores, porque como cambió la lógica que vos, de alguna manera, lo pintabas, esto de que desapareció el expediente de papel, que era lo que los abogados llevaban bajo el brazo cuando venían a buscar a los tribunales y que el empleado judicial cosía, como vos decías, con una aguja de hilo, esto desapareció del mapa, del trámite o de la gestión de los expedientes. Y estos casos son grabados en la mayoría de las actuaciones, prácticamente todas, son grabadas en sistemas de videograbación que quedan alojados en los servidores del Poder Judicial y a las cuales pueden acceder las partes y también los jueces para resolver. Esto ha marcado un antes y un después en el procedimiento penal, haciéndolo mucho más ágil, mucho más dinámico. Se han llegado a resoluciones de casos en muy poco tiempo, algunos en días, otros en semanas, en que este nuevo Código también prevé distintas alternativas, como por ejemplo que el Fiscal pueda, junto con la defensa, llegar a un acuerdo de juicio abreviado, por ejemplo, que se homologa judicialmente y ya pone fin a la cuestión, llevándose ya el fiscal la solución a un caso y el imputado, a través de su defensor, también evalúan qué condena sería la que recibiría en caso de que vaya a juicio y si le resulta conveniente para sus intereses, acuerda con el fiscal y ese caso ya queda solucionado, ya queda esa causa con una resolución judicial que pone fin al conflicto que generó la intervención de la justicia en un conflicto humano.
    Para finalizar, alguna apreciación más de este nuevo Código…
    -Hace pocos días se llevó a cabo en la ciudad de Corrientes, a instancia del Superior Tribunal de Justicia, en especial del doctor Gilberto Panseri, una reunión de todos los jueces penales de la provincia, donde fuimos todos los jueces de garantía y todos los jueces de juicio, y también estuvieron los jueces de revisión. Fue una reunión muy fructífera, que se llevó adelante desde el Poder Judicial, porque allí los jueces de garantía hemos podido compartir inquietudes, hemos podido compartir soluciones, criterios, fallos, que hemos dictado en distintas causas que han sido llevadas ante los tribunales del interior y de la capital también. Y los jueces de revisión y los jueces de juicio también dieron sus puntos de vista sobre cómo va caminando este nuevo código. La opinión general es que este código permite una solución más rápida y de mejor calidad a los conflictos penales. Estamos agradecidos con el Superior Tribunal y también en especial con el doctor Panseri, que fue el que se puso al hombro de esta actividad, que resultó ser muy beneficiosa para el intercambio de ideas entre colegas que estamos en garantías. Hemos compartido mucha charla y también muchos criterios que son muy importante para el día a día en la solución de los casos.

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