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    Portada » “El fallo de la Cámara Electoral Nacional es de aplicación inmediata”
    Política

    “El fallo de la Cámara Electoral Nacional es de aplicación inmediata”

    2 de octubre de 2024
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    Ante el silencio de radio aplicado por Ricardo Colombi, protagonista de este entuerto radical, quien tomó la palabra fue su representante legal, Armando Aquino Britos.

    En un diálogo con ciertas tensiones con el conductor de radio Sudamericana, Gustavo Altamirano, el reconocido abogado dejó en claro algunas cuestiones ante algunas versiones intencionales advertidas desde el sector que encarna el ex Gobernador.

    “Les mando a estudiar a los chicos que estaban opinando”, espetó en alusión a los referentes que tomaron la palabra en los medios para asegurar que la fecha del domingo 27 se mantenía vigente. “La parte resolutiva no dice absolutamente nada, eso es materia de resolución de los órganos partidarios”, aseveró al respecto.

    Indicó que el calendario electoral interno “lo tienen que resolver ellos”, en referencia a la potestad readquirida por Colombi y los demás miembros repuestos al frente de la cúpula partidaria mediante el fallo.

    “Así como se prorrogaron las autoridades de otras instituciones partidarias como es la Convención, también debe ser prorrogado el mandato del doctor Colombi y de las autoridades del Comité”, aclaró.

    El abogado del ex gobernador de Corrientes aseguró que el fallo de la Cámara Nacional Electoral es de aplicación inmediata y en cuento a los referentes políticos que expresaron lo contario dijo “los mando a estudiar a quienes opinan cualquier cosa”.

    Consideró necesario dejar en claro que el fallo es de aplicación inmediata. Las resoluciones de la Cámara Electoral “se cumplen, tienen carácter obligatorio y son vinculantes, teniendo efecto de un organismo taxativo, que es la última instancia”. “Hay una instancia como la Corte para apelar, pero la sentencia se tiene que cumplir”, añadió.

    Aquino Britos remarcó que el fallo de la Cámara Electoral Nacional del pasado martes 1, “una vez que se notifique la resolución a las partes y el expediente vuelva a esta jurisdicción se tiene que cumplir”.

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