Dos jóvenes, de 25 y 27 años, fueron condenados a la pena de tres años de prisión en suspenso a través de un juicio abreviado pleno celebrado en Mercedes, luego de que se comprobara su coautoría del delito de abigeato simple y tras solo ocho meses de investigación de la Fiscalía de Investigación Rural y Ambiental de la Tercera Circunscripción.
El fiscal de Investigación Rural y Ambiental de Mercedes, Gerardo Cabral acusó por abigeato simple (artículo 167 del Código Penal) a David Emanuel Núñez y José Cruz Figueroa, quienes fueron llevados a juicio y asistidos por el defensor Oficial, Gustavo Grinberg. La audiencia ante la jueza de Garantías, Margarita Stella López Rivadeneira, tuvo lugar el 18 de febrero pasado.
Entre las pruebas que pesaron contra ambos imputados se halla un informe veterinario que determinó que la faena de las ovejas fue hecha en el mismo lugar donde hallaron cueros y cabezas –Estancia Payubre– y que se hizo con un elemento de gran filo, con cortes netos y precisos. La carne secuestrada en bolsas negras a los imputados, presentaba coloración roja intensa por acumulación de sangre en los músculos, lo que explica que se los faenó sin esperar su desangramiento.
Para la jueza López Rivadeneira, este informe fue “categórico”.
De qué se trata el juicio abreviado
El juicio abreviado pleno es un procedimiento especial que está contemplado en el nuevo Código Procesal Penal (artículo 374) y debe hacerse por medio de un acuerdo entre el fiscal del caso y la defensa de la parte acusada. Allí el imputado reconoce expresamente el hecho y su autoría, y el fiscal solicita una pena (cuando esta es inferior a la mitad de la pena establecida, debe haber una autorización del Fiscal General, como rector de la política criminal).
Luego, durante una audiencia oral, el juez –como garante de la legalidad del proceso– se enfoca en verificar que la conformidad de la parte acusada con el procedimiento se haya dado en forma libre y voluntaria, y que el o los imputados comprenden sus consecuencias. Fiscal y defensa explican los alcances del acuerdo y se exhiben las pruebas del hecho para acreditar participación y autoría. Si todo se hizo dentro lo que prescribe la ley, el juez procede entonces a homologar el acuerdo.
Fuente Jus Corrientes
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