La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes, en una decisión que sienta un precedente importante, revocó una condena exclusiva y estableció la responsabilidad compartida en un trágico siniestro vial ocurrido en la Ruta Nacional Nº 12, en cercanías de Empedrado en 2017. El fallo, que modifica una sentencia de primera instancia, dictaminó que tanto la conductora de un automóvil como el camionero fallecido tuvieron igual responsabilidad en el siniestro.
La Sala segunda de la Cámara, integrada por las juezas Rosana Ester Magan, Luz Gabriela Masferrer y la presidenta María Beatriz Benítez, resolvió el recurso de apelación presentado por la demandada. La clave de la decisión fue la determinación de culpa compartida al 50% para cada parte, considerando que el freno imprudente de la automovilista y la falta de control del vehículo mayor fueron factores determinantes en la tragedia. Esta nueva distribución de responsabilidades implicará un reajuste en la indemnización y las costas judiciales.
Cómo ocurrieron hechos
El siniestro vial fatal tuvo lugar el 22 de noviembre de 2017, alrededor de las 18. Un camión Ford con acoplado, conducido por la víctima, se encontró con una maniobra sorpresiva de un Chevrolet Astra que circulaba delante, manejado por la automovilista demandada en la Ruta Nacional 12 a la altura de Empedrado. Para evitar la colisión, el camionero intentó esquivar el vehículo, impactó primero contra una camioneta S10 y luego se desvió hacia el carril contrario, donde chocó de frente con otro camión. El conductor del primer camión falleció en el acto.
Inicialmente, el Juzgado Civil y Comercial de Saladas había atribuido la culpa de manera exclusiva a la automovilista y a su aseguradora, condenándolas al pago de una indemnización a los padres del camionero fallecido. Sin embargo, ambas partes apelaron la decisión, cuestionando tanto la responsabilidad asignada como el cálculo de los daños.
Los fundamentos de la Cámara
La jueza Rosana Magan, en su voto principal, argumentó que la causa del accidente no podía atribuirse únicamente a la maniobra de la automovilista. Si bien consideró probada la acción imprudente de aminorar o detenerse en plena ruta, también valoró que el camionero no logró mantener el dominio de su vehículo ni la distancia reglamentaria en una zona donde la velocidad debía ser reducida.
“Ambas partes desplegaron conductas antijurídicas y reprochables a título de culpa, que contribuyeron causalmente a la producción del resultado”, afirmó la magistrada, subrayando la importancia de analizar el accidente en un contexto integral. La jueza Luz Gabriela Masferrer adhirió en su totalidad al voto de su colega, conformando la mayoría del tribunal.
Con este precedente, la Cámara de Apelaciones sentó un importante criterio sobre la concurrencia de culpas en siniestros viales fatales, reconociendo que las responsabilidades en este tipo de hechos suelen ser complejas y no siempre recaen en una única parte. La decisión enfatiza la importancia de la prudencia y el control vehicular de todos los actores en la vía pública.