Corrientes recibirá la visita del Cónsul general de España en Rosario, quien tiene previsto atender la demanda de la provincia y de toda la región del Nordeste, que depende a esa sede, interesados en realizar o reanudar su pasaporte; hacer la inscripción de nacimiento para menores, o acogerse a la Ley Democrática.
La presencia será del 8 al 12 de abril, a partir de las gestiones del Cónsul honorario en Corrientes, Valentín Aragüés Alegre, quien en diálogo con EL LIBERTADOR brindó detalles de la oportunidad que no se daba hace 7 años.
Es por ello que desde un par de semanas, en la sede que funciona en la sociedad española, ubicada por Mendoza 530, se están recibiendo a muchas personas para asesorarlos y que puedan tener toda la documentación lista para iniciar los trámites.
«A través de unas conversaciones que estuvimos con el Consulado General de España en Rosario, del cual dependemos, el tema de la Ley Democrática, o ‘Ley de Nieto’, como muchos lo conocen», explicó.
Remarcó la importancia: «Se podrá hacer todo en Corrientes para evitar el gasto que significa trasladarse a Rosario, que en el caso de que tengan que hacerle la nacionalidad a un menor, tienen que ir padre, madre y el menor. Entonces, es un costo importante para mucha gente que después no le hace la nacionalidad a los hijos por este tema».
Hasta le fecha de la visita, en la sede correntina, de lunes a viernes de 9 a 12 se reciben a personas que deseen el ordenamiento de la documentación.
«Tenemos que recibir por dos motivos: Primero, el ordenamiento. No podemos recibir más trámites de lo que la capacidad humana va a permitir realizar en esos días. Que se cree que va a ser muchísimo», sostuvo.
Agregó: «Entonces nosotros estamos recepcionando la documentación, mandamos allá y ellos, en base al volumen que tienen, van organizando los turnos y los horarios. Por eso es fundamental presentar la documentación lo antes posible, para prever qué volumen de personas van a poder realizar el trámite. En el caso contrario, van a quedar muchos sin poder hacerlo en este momento».
Así, recalcó: «Pueden venir y sobre todo muchas personas que creen que tienen el derecho de la nacionalidad, entonces primero informarse si tienen ese derecho. Segundo, si quieren renovar pasaportes o hacer pasaportes, si están en condiciones de poder hacerlo».
«Se abre una puerta a los
hijos y nietos»
El Cónsul honorario de España en Corrientes, Valentín Aragüés Alegre, destacó la importancia de realizar los trámites: «Es la puerta que uno le abre a sus hijos, a los nietos para el día de mañana. Puerta que se cierra, puerta que no se abre».
Agregó: «El día de mañana se puede tener la necesidad económica, cultural, social, de irse y tiene esa puerta abierta. Y hay muchos que van a viajar y hay muchos que no van a viajar, por eso piensan a futuro. Por los hijos».
Explicó que más allá de la emigración, por ejemplo: «Hay muchos españoles que nunca lo hicieron para sus hijos y hoy son nietos, bisnietos, tataranietos y ya no pueden. Porque la ‘Ley de Nietos’ casualmente deja hasta el nieto. La ley común es para el nieto menor de 21 años. Esta ley es única y abre la puerta al hijo mayor de 21 años y la ley abre la puerta al nieto también. Esa es la explicación de tanta gente interesada».
«Por supuesto, porque la ley abre mucho la puerta para poder acceder a la nacionalidad», precisó.
Como dato manifestó que en Corrientes hay gran cantidad de descendientes españoles, aunque nativos de España, son muy pocos.
Beneficios de la Ley de Nietos
Desde fines de 2022 rige en España la ley de Memoria Democrática, también conocida como «Ley de Nietos», que amplió las posibilidades de los argentinos descendientes de españoles, tanto hijos como nietos, de tramitar la nacionalidad de ese país. Actualmente es una de las opciones más requeridas por quienes buscan emigrar a Europa de manera legal.
Además de la residencia, también otorga acceso al sistema educativo local, trabajos dentro de la Comunidad Europea y el libre tránsito. Esto se traduce a que la persona pasa a tener acceso a los mismos derechos que alguien nacido en territorio español.
¿Quiénes pueden solicitarla? Las personas cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiese sido originariamente español. Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, por haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por haberse casado con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
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