Los trabajadores mercantiles mañana tendrán el día libre, por lo que los negocios permanecerán cerrados o podrán ser atendidos por sus dueños.
La conmemoración del Día del Empleado de Comercio, dispuesta para hoy -conforme a la Ley 26.541-, este año será trasladada el lunes 27, según fue acordado por las partes signatarias del CCT 130/75.
Desde el Sindicato de Empleados de Comercio de Corrientes emitieron que será considerado Feriado Nacional Obligatorio para todos los trabajadores.
En tanto que desde una de las asociaciones económicas de la provincia comunicaron que los establecimientos no estarán obligados a cerrar, pero deberá acordarse una modalidad.
«En este marco, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came) destacan que este festejo en nada afecta la apertura de los comercios cuando éstos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada».
A lo que agregaron «en el caso de establecimientos que decidan operar -y que convoquen a sus trabajadores para ello, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 27, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100 por ciento».
Explicaron además que «si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal».
Finalizan advirtiendo que queda a criterio de los empleadores y sus dependientes (comprendidos en el CCT 130/75), las posiciones a adoptar al respecto.
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