La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento de un sargento primero del Ejército Argentino, acusado de abusar sexualmente de una soldado voluntaria en 2017. La decisión de la justicia de alzada revoca lo que anteriormente había dictaminado la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, que pretendía cerrar la causa alegando el vencimiento de los plazos razonables de juzgamiento.
Los hechos que originaron el caso se remontan a agosto de 2017, en el interior del Regimiento de Infantería N°4 de Monte Caseros, Corrientes. Según la denuncia, la víctima fue abusada por su superior jerárquico dentro de las instalaciones militares. Sin embargo, lo que debió ser una investigación ágil se convirtió en un laberinto burocrático y judicial, la causa permaneció paralizada y «traspapelada» en el Juzgado Federal de Paso de los Libres durante años, siendo «redescubierta» recién en abril de 2024.
LA RESOLUCIÓN JUDICIAL
El juez Guillermo Yacobucci, en su voto, resaltó que la garantía del imputado a ser juzgado en un plazo razonable debe conjugarse necesariamente con los derechos de la denunciante, protegidos por la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos.
La jueza Angela Ledesma criticó duramente que el fallo anterior omitió considerar que el hecho ocurrió en un contexto de violencia de género, involucrando a un funcionario público (el sargento) ejerciendo poder sobre una subordinada de rango inferior.
El Ministerio Público Fiscal, representado por los fiscales Carlos Schaefer, Tamara Pourcel y Mario Alberto Villar, argumentó con éxito que no se puede aplicar el criterio de «plazo razonable» de forma automática. Señalaron que el retraso fue producto de deficiencias estructurales del juzgado y no de una falta de impulso por parte de la fiscalía, que había pedido la indagatoria en reiteradas ocasiones sin obtener respuesta.
Con la adhesión del juez Alejandro Slokar, el tribunal concluyó que la decisión de sobreseer al militar carecía de un análisis integral de las particularidades del caso y ordenó que el proceso continúe con la celeridad que la gravedad del hecho impone.

