A raíz de una queja verbal , se dio lugar a una investigación interna de la Asociación de Veteranos de Fútbol por la adulteración del DNI de un jugador de la categoría Sub-35 del Club América.
Ayer, en la habitual reunión semanal, se recepcionó el fallo emitido por el Tribunal de Penas donde se sanciona con tres años de suspensión al jugador Maximiliano Silva en base al artículo 177 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la AFA. En tanto un año de suspensión fue para el presidente del Club América, Miguel Areco.
Si bien no cita específicamente los argumentos de la sanción impuesta en la copia del fallo que se distribuyó entre los delegados de cada uno de los clubes, según la publicación de Digital Santo Tomé, se pudo establecer que el citado artículo establece una pena de entre un año a cinco para estos casos de adulteración y /o modificación de documentos.
No obstante, en el ambiente futbolístico se esperaba más años de castigo, teniendo como agravante que además de ser jugador en la categoría Veteranos Sub-35 del Club América; es el actual presidente de la Liga Santotomeña de Fútbol. Ello constituye una gravedad tal que a la luz de los acontecimientos que son de público conocimiento, su caso reciente debe ser analizado en el seno de la Liga y en consecuencia actuar con una medida ejemplificadora acorde a la falta cometida.
Muchos consideran que su investidura como titular liguista, es la que debe dar el ejemplo en todo sentido y el haber incurrido en la adulteración y/o modificación de su DNI tal como lo estableció el tribunal de penas, no deja margen alguno como para “mirar para otro lado” como se pretendió hacer con su caso, donde todas las miradas se centraron en los integrantes del Tribunal de Penas y la conducción Asociación de Veteranos presidida por José Ríos.
El intento por dilatar la cuestión se hizo a destajo y todas las evidencias quedaron expuestas. Es que Maximiliano Silva en el año 2025 teniendo 34 años pretendía jugar (y de hecho lo hizo) en un club de Veteranos, pero para ello debería tener 35. Su edad no le permitía todavía jugar y es ahí donde se hizo la adulteración de su DNI que ahora fue sancionado por el Tribunal de Penas con tres años de suspensión.
Detalles

Sanción: Inhabilitación deportiva estricta por un lapso mínimo de 1 año y un máximo de 5 años.
Alcance: Aplica a cualquier futbolista que intente engañar a la asociación alterando su edad, nombre, nacionalidad o procedencia mediante documentos que no le corresponden o que hayan sido modificados.
Contexto: Esta norma protege la transparencia competitiva, el sistema de fichajes y los derechos de formación de los clubes.
El Artículo 177º del Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) estipula la sanción de suspensión por el uso de identidad falsa para inscribirse en los registros.
Específicamente bajo el apartado de Infracciones a Disposiciones Reglamentarias, el artículo dicta lo siguiente:
177º.- SUSPENSIÓN – Suspensión de uno a cinco años, al jugador que se inscriba en el Registro de la A.F.A., utilizando documento de identidad falso, adulterado o ajeno.

