Mediante un proyecto de ley, se busca crear una plataforma unificada para relevar, organizar y sistematizar todas las actividades económicas desarrolladas en la provincia. La propuesta, que se encuentra en comisión de la Cámara baja provincial, contempla beneficios para las empresas formalizadas.
02-TAPA-POLITICA-OK-5En la Cámara de Diputados se encuentra un proyecto de ley que apunta a transformar la forma en que la provincia sistematiza y planifica su entramado productivo. Se trata de la iniciativa impulsada por la diputada provincial Sofía Brambilla (PRO), con la que busca crear el denominado Registro digital provincial de industrias y comercios, una herramienta que se espera revolucione la relación entre el Estado y el sector económico correntino.
El expediente (Nº 20.153) fue presentado por Brambilla y se halla actualmente en la Comisión de Producción, Industria, Comercio y Turismo, que es presidida por la propia legisladora. Integran también esa comisión los diputados Edgar «Egui» Benítez, Natalia Romero, Lucía Pereyra y Adriana Vidal Domínguez.
En sus fundamentos, Brambilla dejó clara la magnitud del propósito: «Es una herramienta estratégica para fortalecer la planificación económica, la promoción industrial y comercial, la formalización de actividades económicas y el desarrollo regional equilibrado», argumentó.
PLATAFORMA
UNIFICADA
La propuesta contempla la implementación de una plataforma digital unificada mediante la cual se realizarán los trámites de inscripción, actualización, consulta, emisión de certificados, presentación de declaraciones juradas y notificaciones electrónicas. Ésta deberá garantizar accesibilidad, seguridad informática, trazabilidad de la información e interoperabilidad con otros sistemas públicos, según establece el articulado del proyecto.
La inscripción en el registro será obligatoria para todas las personas humanas o jurídicas que desarrollen actividades industriales o comerciales en territorio provincial. Quedan comprendidas en la iniciativa desde fábricas, aserraderos, frigoríficos y molinos, hasta supermercados, establecimientos gastronómicos, farmacias, corralones, distribuidoras y comercios en línea.
Otro aspecto destacado por la autora de la iniciativa consiste en que la enumeración tiene «carácter enunciativo y no limitativo», lo que implica que otros rubros podrán ser incorporados según la reglamentación.
Complementariedad y coordinación con municipios
Un aspecto destacado del proyecto es su carácter complementario respecto a registros y habilitaciones nacionales, provinciales o municipales existentes. La iniciativa no reemplaza ni exime del cumplimiento de obligaciones derivadas de esos registros, sino que se posiciona como una herramienta de relevamiento, sistematización de información económica y planificación productiva en el marco de las competencias propias de la Provincia.
El proyecto invita también a los municipios a adherir a la ley y coordinar mecanismos de intercambio de información, simplificación administrativa y ventanilla única digital. Esta coordinación intergubernamental podría convertirse en un aspecto decisivo para la efectividad operativa de la plataforma.
La información recabada tendrá carácter confidencial conforme a la legislación vigente sobre protección de datos y secreto comercial, aunque podrá ser utilizada con fines estadísticos y administrativos por el Estado provincial.
De aprobarse el proyecto, el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley dentro de 180 días de su promulgación, estableciendo procedimientos de inscripción, actualización, fiscalización y categorización de actividades.
Plazos y obligaciones
De aplicarse la nueva normativa, los comerciantes e industriales que ya estén en funcionamiento al momento de la entrada en vigencia de la ley tendrán 120 días corridos desde la puesta en marcha de la plataforma para inscribirse. Quienes inicien actividades con posterioridad dispondrán de 180 días contados desde el inicio efectivo de sus operaciones. El incumplimiento de estos plazos constituirá una infracción pasible de multas.
Dentro de la plataforma digital, los sujetos obligados deberán constituir un domicilio electrónico que será válido para todas las comunicaciones, intimaciones, notificaciones y actuaciones administrativas derivadas de la ley. Además, deberán actualizar anualmente la información registral y comunicar cualquier modificación sustancial dentro de los 30 días de producida.
La información que proporcionen los inscriptos incluirá la actividad o actividades económicas desarrolladas, domicilios donde se ejecutan esas actividades, modalidad de comercialización (presencial, electrónica o ambas) y capacidad productiva cuando corresponda.
El mapa económico
En la norma se establece que la autoridad de aplicación de la ley será el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio. Entre sus funciones estará la de elaborar, administrar y mantener actualizado un Mapa económico productivo provincial, sobre la base de la información relevada, con el objetivo de generar estadísticas provinciales, fortalecer la planificación estratégica, promover el desarrollo regional equilibrado y fomentar la radicación e inversión productiva.
Brambilla subrayó que «la creación de un registro digital provincial permitirá contar con información actualizada sobre el entramado productivo correntino, facilitando la implementación de políticas públicas más eficientes, transparentes y orientadas al desarrollo sostenible». Además, agregó que mediante esta iniciativa se busca «fomentar la formalización de actividades económicas, simplificar procedimientos administrativos y mejorar el acceso a programas de financiamiento, capacitación y beneficios provinciales».

