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    Policiales

    Doce años de cárcel por engaño, extorsión y abuso sexual mediante un falso perfil de “vidente”

    25 de junio de 2026
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    El Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción declaró penalmente responsable a Guillermo Nicolás Gutiérrez por captar a una mujer a través de una falsa curandera en redes sociales, obtener dinero mediante engaños, extorsionarla con la difusión de imágenes íntimas y abusar sexualmente de ella. Rita Aurora Romero fue condenada a cinco años de prisión como coautora del delito de extorsión y absuelta por el hecho de estafa.

    El Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Mercedes, condenó a Guillermo Nicolás Gutiérrez a la pena de 12 años de prisión por encontrarlo autor de los delitos de estafa, abuso sexual con acceso carnal y coautor de extorsión, todos en la modalidad de delito continuado y en concurso real.

    La sentencia fue dictada por unanimidad por el tribunal integrado por los jueces doctores; Jorge Alberto Troncoso, Ramón Alberto Ríos y Juan Manuel Ignacio Muschietti.

    En el mismo fallo, los magistrados condenaron a Rita Aurora Romero a cinco años de prisión como coautora del delito de extorsión, aunque la absolvieron por el delito de estafa por insuficiencia probatoria.

    Además, dispusieron la prisión preventiva de Gutiérrez hasta que la sentencia quede firme y ordenaron que Romero continúe bajo arresto domiciliario, con prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima y bajo control mediante vigilancia electrónica. También ordenaron comunicar el fallo a la víctima y, una vez firme, incorporar al condenado al Registro de Condenados contra la Integridad Sexual.

    La maniobra investigada

    Según la acusación fiscal que llegó a juicio, entre octubre de 2023 y enero de 2024 los imputados crearon un perfil falso de Facebook denominado “Rosa Vidente Espiritual Estela”, desde donde contactaron a una mujer que atravesaba una situación de vulnerabilidad emocional.

    Haciéndose pasar por una curandera, le ofrecieron supuestas “curaciones espirituales” y le solicitaron dinero para adquirir materiales destinados a esos rituales. Como parte del engaño, le pidieron que enviara videos e imágenes íntimas, asegurándole que formaban parte del tratamiento.

    Posteriormente, siempre de acuerdo con la acusación, utilizaron ese material para exigirle nuevas transferencias de dinero bajo la amenaza de difundir las imágenes en redes sociales.

    La investigación también determinó que Guillermo Nicolás Gutiérrez aprovechó ese contexto para convencer a la víctima de mantener encuentros personales con el argumento de realizar “limpiezas espirituales”. Durante esas reuniones, mediante amenazas relacionadas con la publicación del material íntimo y con presuntos daños que podrían sufrir familiares de la mujer, concretó en tres oportunidades abusos sexuales con acceso carnal.

    El veredicto

    Tras el debate oral, el Tribunal consideró acreditada la responsabilidad penal de Guillermo Nicolás Gutiérrez por los delitos de estafa, abuso sexual con acceso carnal y extorsión, imponiéndole una pena única de doce años de prisión.

    Respecto de Rita Aurora Romero, los jueces entendieron que existían pruebas suficientes para responsabilizarla por el delito de extorsión, pero no para sostener la acusación por estafa, razón por la cual fue absuelta por ese hecho y condenada únicamente por el primero.

    Los fundamentos completos de la sentencia serán notificados a las partes dentro del plazo previsto por el Código Procesal Penal.

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