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    Política

    Rosatti reclamó «el acatamiento obligatorio» a fallos de la Corte

    16 de abril de 2026
    SIN TITUBEOS. El Presidente de la Corte Suprema.
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    Ante la Cámara de Comercio de los EE UU, el titular del máximo Tribunal dijo que «los aspectos jurídicos son tan relevantes como los económicos para el desarrollo» y el clima de negocios. Bajó línea hacia los tribunales inferiores, particularmente a los del fuero Laboral. A partir de ahora, los que no se encuadren serán pasibles de ser llevados a juicio político por mal desempeño. A la vez, se reafirmó la doctrina del caso Levinas, estableciéndose que las causas de Capital deben pasar por el Tribunal superior porteño antes de intentar ir a la Corte.

    Ante un auditorio compuesto por empresarios, políticos y diplomáticos, el presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti destacó la necesidad de seguridad jurídica como «requisito» para el crecimiento de las inversiones. Y sin hacer menciones al gobierno de Javier Milei, dejó en claro la necesidad del «acatamiento obligatorio de las decisiones» del máximo Tribunal, un punto establecido en la Ley de Modernización Laboral, recientemente aprobada por el Congreso, pero suspendida en la aplicación de varios de sus artículos.

    «La seguridad jurídica deber ser para todos», dijo el Presidente de la Corte, en el inicio de sus ocho minutos de discurso en las jornadas organizadas por la Cámara de Comercio de los Estados Unidos. Calificó de «muy bueno que en estos ámbitos se hable de Derecho, del derecho vinculado a la economía». «Los aspectos jurídicos son tan relevantes como los económicos para el desarrollo», destacó.

    De inmediato se centró en el concepto de seguridad jurídica, «que todos defienden, pero que no todos entienden de la misma manera». El Juez afirmó que esa seguridad jurídica «debe ser para el inversor y para quien recibe la inversión». «Si no es para todos, no es segura, y termina repercutiendo en cualquier proyecto de inversión. Por eso es importante que se incorporen estos temas a los debates económicos», dijo el magistrado.

    Distinguió dos componentes de las decisiones: el normativo, ligado «las regulaciones, tarifas, tipo de cambio, la política impositiva»; y el institucional, «que es muy importante, y que se vincula con el sistema republicano, la división de poderes». Puntualizó que «la Justicia está en los dos componentes, y en el vértice del sistema judicial está la Corte». Una Corte que «si bien fue inspirada en la constitución norteamericana de 1787, su práctica ha hecho que tengan funcionamientos diferentes». 

    MARCÓ LA CANCHA A LOS JUECES INFERIORES

    Rosatti criticó la cantidad de causas que la Corte debe analizar. «La Corte argentina analiza las garantías y derechos fundamentales, sino muchísimas veces cuestiones de competencia, nuestro país federal es mucho más intervencionista a la hora de conflictos entre provincias, municipios y el Estado nacional», dijo. Ejemplificó que la Corte norteamericana «resuelve 80, 90, 100 causas por año», mientras que el máximo Tribunal en la Argentina atiende 15 mil casos. «Hay un requerimiento y necesidad de respuesta muy superior», expresó el Presidente de la Corte. 

    Allí enfatizó en la importancia de «las herramientas con las que pueda contar la Corte para tomar decisiones». Y subrayó que «una de las herramientas es el acatamiento obligatorio de las decisiones de la Corte», que figura en el artículo 89 de la nueva ley laboral. 

    «Es importante para darle previsibilidad a una inversión. Una inversión se puede malograr por una cláusula provincial o municipal. Pero con el acatamiento obligatorio todos sabemos a qué atenernos», agregó. Fuentes judiciales explicaron que, hoy por hoy, «la Corte no tiene ese alcance, ya que dicta una sentencia y a las pocas horas una cámara dicta la sentencia contraria, y la norma debe recorrer un camino hasta volver a la Corte». La mayoría de esos casos, sostienen en el alto tribunal, tiene que ver con diferendos jubilatorios vinculados con la Anses o causas del fuero Laboral.

    «La seguridad jurídica deber ser para todos», reiteró Rosatti hacia el final de su alocución. «Hace muchos años Naciones Unidas comenzó a entender y medir la fortaleza de las naciones no sólo por crecimiento económico, sino por educación y salud». «Agregaría la calidad institucional, la certeza en las decisiones, la independencia del Poder Judicial y el acatamiento obligatorio en las decisiones de la Corte. Es un factor muy importante», cerró Rosatti, antes de dejar el estrado. 

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    Las palabras del Presidente del máximo Tribunal, abogando por el «obligatorio acatamiento» de los fallos, tuvieron destinatarios directos e indirectos. No quiere libres pensadores.

    Hubo un mensaje y varios destinatarios. La exhortación de Horacio Rosatti apuntó a quienes hicieron «oídos sordos» ante decisiones de los supremos y que eligieron desafiarlas con medidas que ignoraban lo dispuesto por la Corte, algo que tendrá consecuencias.

    Los fallos de la Corte Suprema son de cumplimiento obligatorio para las partes del proceso y los tribunales deben ejecutarlos sin apartarse de lo decidido.

    A diferencia de lo que ocurre en el sistema anglosajón del common law, donde existe una obligatoriedad estricta de los precedentes judiciales, en la Argentina el sistema contempla excepciones.

    Sin embargo, para que un juez inferior se aparte de un precedente de la Corte Suprema debe tener una justificación muy sólida, pero los casos se repitieron en este año.

    El objetivo, como lo señaló Rosatti, es preservar el principio de seguridad jurídica y de la función de la Corte Suprema como intérprete final de la Constitución.

    Todo esto, que es de Perogrullo en la Facultad de Derecho, no ocurrió en la Argentina de los últimos meses, lo que obligó a la Corte Suprema a insistir con conceptos básicos para no dejar pasar este abierto desafío a su autoridad.

    Tal era la dispersión de fallos y dichos que los legisladores aprobaron hace un mes la reforma laboral y en su artículo 89 recordaron que los jueces deben ajustar sus decisiones a la interpretación de la Constitución y las leyes que realice la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    «Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia. El apartamiento infundado de los magistrados respecto de dichos criterios configurará una causal de mal desempeño en sus funciones», dice la reforma laboral.

    El objetivo era terminar con los librepensadores en materia de Justicia Laboral como una manera de dar certeza a las decisiones para el futuro. 

    Pero la nueva ley laboral fue suspendida en su aplicación por un magistrado, lo que hizo que la Corte Suprema tuviera nuevamente que reclamar lo básico: que se cumplan sus decisiones y respeten sus precedentes.

    Es que los últimos desafíos provinieron de la Justicia Laboral. La Corte tuvo que fallar no una, sino tres veces para que la Cámara del Trabajo adecuara las tasas que se debían aplicar en los casos de ajuste de las indemnizaciones por despidos y accidentes laborales.

    La Cámara laboral, controlada en algunas salas por el kirchnerismo, la desafió y dictó sentencias en contrario. La Corte las revocó, pero está dispuesta a llevar al enjuiciamiento a los díscolos.
    Los fallos de la Corte donde debió poner un límite a las decisiones de la Cámara del Trabajo en la aplicación de intereses desmedidos son tres: Oliva, Lacuadra y Domínguez.

    En una de las sentencias se anuló la aplicación de una multa de 53 sueldos impuesta a una empresa.

    En la sentencia Oliva, la Corte estableció la prohibición de aplicar intereses sobre intereses en contra de una acordada de la Cámara del Trabajo que contemplaba esa posibilidad, elevando los montos de las indemnizaciones hasta cifras inverosímiles.

    En la causa Lacuadra, la Corte dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Laboral que ordenaba el pago de más de 137 millones de pesos de indemnización por despido y elevaba en casi un 20.000 por ciento el monto de condena de primera instancia.

    La Corte Suprema, con la firma de Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, descalificó el caso Oliva «por arbitrario» al cuestionar intereses que arrojaban «un resultado económico desproporcionado».

    En Oliva, la Corte había dejado sin efecto una sentencia que ordenaba la capitalización sucesiva de intereses. Luego de Oliva, con el fin de reemplazar aquel criterio de cálculo de los intereses, la Cámara Laboral dictó una nueva acta en la que contempló el reajuste de «los créditos laborales sin tasa legal de acuerdo a la tasa CER más una tasa pura del 6 por ciento anual».

    Al respecto, la Corte entendió que «este nuevo criterio de reajuste, aplicado al caso en examen, tampoco se fundamenta en el Código Civil y Comercial, y dijo que «arroja resultados igualmente irrazonables». 

    Con el mismo criterio, la Corte revocó en la causa Domínguez una sentencia laboral que ordenaba el pago de una multa por retención de aportes que equivalía a 53 salarios mensuales, en un vínculo laboral que había durado un año y ocho meses.

    La Corte habló de falta de proporcionalidad y reclamó «prudencia judicial, labor que ha de ser llevada a cabo por los jueces de la causa».

    Hoy, todas estas dispersiones se acabaron porque ya hay un criterio fijado por el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad para aplicar un ajuste equivalente al índice de precios al consumidor más el 3 por ciento para las inmunizaciones, lo que quedó ratificado en la nueva ley de modernización laboral.

    OTRO FRENTE DE RESISTENCIA

    La Corte Suprema luego dictó el fallo Levinas, que obliga a que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad intervenga como tribunal de apelación de todas las causas de la justicia nacional, ya sea en el fuero Laboral, Civil, Comercial o Penal.

    Hubo resistencia de los jueces nacionales y objeciones, pero finalmente la aplicación del precedente se impuso y hoy el Tribunal Superior de la Ciudad resuelve esos casos semanalmente. Fijó estándares respetados por los jueces.


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