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    Portada » Renovada petición por el Defensor de los Niños
    Política

    Renovada petición por el Defensor de los Niños

    22 de abril de 2024
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    En las últimas semanas cobró notoriedad en la Cámara de Diputados el proyecto del bloque Liberal en el que se solicita la creación de la figura del Abogado del Niño, «quien defenderá los derechos individuales de los niños, niñas y adolescentes en procedimientos legales que los afecten. Esta medida busca fortalecer la protección de los más vulnerables en nuestro sistema judicial», expresa en su fundamentación la iniciativa presentada por Ana María Pereyra y Eduardo Hardoy.
    En Corrientes todavía no se pone en marcha la figura del Abogado del Niño, a pesar de que la ley que contempla la creación de esta defensoría fue dictada en 2007, junto con la Defensoría del Pueblo, que fue habilitada en 2010.
    «El Defensor del Niño tiene la especialidad que requiere lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, puede actuar de oficio en casos de vulneración de derechos de estos y participar en la elaboración de políticas públicas de promoción de derechos y protección de la niñez», explicó la titular de la Defensoría de Pobres y Ausentes Nº 2, Nora Maciel.
    Actualmente, las Asesorías de Menores se encargan de intervenir en caso de vulneración de derechos de los chicos, pero «tiene una función judicial y poca y nada extrajudicial», consideró Maciel.
    Distintas organizaciones no gubernamentales y profesionales del derecho vienen bregando por la puesta en marcha de esta oficina que posibilitará el patrocinio de un letrado que garantice todas las instancias administrativas y judiciales en las que estén involucrados niños, niñas y adolescentes.

    AHÍNCO

    Según la Ley 26.061, el Defensor de Niñas, Niños y Adolescentes debe «promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niñas, niños y adolescentes» e «interponer acciones para la protección» de sus derechos «en cualquier juicio, instancia o tribunal».
    También, estipula «velar por el efectivo respeto a los derechos y garantías legales asegurados a las niñas, niños y adolescentes, promoviendo las medidas judiciales y extrajudiciales del caso» e «incorporar acciones con miras a la aplicación de las sanciones por infracciones cometidas contra las normas de protección de las niñas, niños y adolescentes, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal del infractor, cuando correspondiera».
    Además, tendrá que «supervisar las entidades públicas y privadas que se dediquen a la atención de las niñas, niños o adolescentes, sea albergándolos en forma transitoria o permanente, sea desarrollando programas de atención a los mismos, debiendo denunciar ante las autoridades competentes cualquier irregularidad que amenace o vulnere sus derechos».
    El defensor podrá «requerir para el desempeño de sus funciones el auxilio de la fuerza pública, de los servicios médicos asistenciales y educativos, sean públicos o privados», entre otras cuestiones.

    Fundamental para garantizar derechos

    «La representación necesaria del Ministerio Público, no es un obstáculo para la actuación del abogado del niño. Muy por el contrario, son funciones del asesor de menores velar por el cumplimiento de los derechos de los niños, y entre ellos, el derecho de defensa material y técnica. Así el Ministerio Público como sistema de garantías extras en el proceso judicial deberá fiscalizar el cumplimiento del debido proceso legal, debido proceso que supone inexorablemente la actuación del abogado del niño», puntualizó la diputada Pereyra.
    La ex Viceintendenta aclaró además: «El defensor de menores debe pronunciarse conforme a derecho y a los intereses generales de la sociedad, no debiendo necesariamente plegarse a la posición del niño y pudiendo incluso contrariar, a través de su dictamen, las pretensiones sustentadas por el representante necesario del mismo. Dicho esto, la figura del abogado del niño reviste una importancia fundamental para garantizar los derechos particulares del niño».
    Así las cosas, la cuestión ya ha sido largamente charlada y debatida en comisiones y se aguarda que con la presentación de los parlamentarios liberales esta reglamentación pueda ser efectivizada luego de tantos años de espera.

    .

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